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¿Cómo quedaría la asignación de la vivienda?

7 Comentarios
 
¿cómo quedaría la asignación de la vivienda?
12/05/2018 21:52
Buenas a todos los del foro, quisiera saber vuestra opinión de como quedaría la asignación de la vivienda cuando los hijos son mayores de edad.
Separado que tiene dos hijos, los dos mayores de edad y estudiantes fuera de la localidad, la custodia la tiene la madre.
Madre autónoma, con un negocio de cuidado, limpieza. No se puede saber que ingresos tiene.
Padre funcionario y vive en una vivienda de centro donde trabaja, con muy poco alquiler.
Vivienda de ambos.
El padre quiere el divorcio, y no sabe si tiene derecho a la vivienda, ella ha estado en la vivienda con los hijos cerca de 17 años.
Sabe que hay muchas sentencias con una limitación, temporal.
Mi pregunta es si los hijos siguen con necesidad de vivienda, con quien viven, con el padre o la madre, ya se con quien quieran pero la manutención sigue pagándose a la madre.
En caso que limiten la vivienda, puede existir un aumento de pensión de alimentos, por el hecho de quitarle la vivienda a la madre?.
Cuando se hace la demanda del divorcio, se puede solicitar en Otro Sí, la venta de la vivienda, la compra de uno u otro, o acuerdo y que en caso de no existir que se haga esto una vez finalizado el tiempo asignado? o solamente se solicita la limitación y ya está.
Que lio, ya me diréis, Gracias
13/05/2018 21:51
melajuego
Al.mas digno de protección le dejan la vivienda pero por tres años se la han dejado a mi ex mujer. Los hijos mayores de edad son libres de elegir con quien quedarse, pero no es obstáculo para que el padre recupere su vivienda, así me ha ocurrido a mi
14/05/2018 10:26
melajuego
Aunque los hijos estén fuera por estudios si siguen siendo económicamente independientes y no han fijado su residencia donde estén estudiando, se entiende que siguen viviendo ahí, aunque estén desplazados. Irán los fines de semana, en vacaciones, o cuando sea, pero sigue siendo su domicilio familiar. Por tanto mantienen el derecho de uso de la vivienda y con ellos el progenitor custodio, o el que se siga encargando de su manutención si son ya mayores de edad (ya no es técnicamente el custodio, aunque como si lo fuera). Si los hijos decidieran vivir con el padre en principio este tendría el derecho de uso de la vivienda (podría fijarse un plazo razonable para que abandone la vivienda si es la parte desfavorecida) y sería la madre la que tendría que pasar una pensión de alimentos (no es que se reduciría, es que tendría que pagarle ella a él). También podrían ambos, si los hijos viven fuera, pasar los dos una pensión de alimentos a los hijos y vender la vivienda o lo que quiera. Pero si ya están separados que ahora se divorcien no debería en sí mismo cambiar nada, únicamente que los hijos se independizaran o pasaran a vivir con el otro, o los padres llegaran a un acuerdo, pero el divorcio tras la separación legal no es en sí mismo un motivo para modificar las relaciones paternofiliales ya establecidas. Por último la vivienda se podrá vender cuando los hijos ya no tengan ese derecho de uso, bien porque lo decidan ellos al vivir fuera, o porque sean ya económicamente independientes cuando empiecen a trabajar, o cuando ambos progenitores lo acuerden. Si ambos deciden proporcionar los alimentos de otra forma, pueden disponer de la vivienda como quieran, por supuesto, el derecho de uso a los hijos es solo si alguno (el custodio) lo solicita. La pensión de alimentos puede tener en cuenta que haya derecho de uso sobre la vivienda, claro, pero a quien se le "quitaría" de forma que pueda afectar al cálculo es a los hijos si ya no viven ahí, no a la madre.
14/05/2018 19:00
paquito xocolatero
Paquito y en el caso que la vivienda sea privativa del no custodio al 100%?
Con la mayoría de edad de los hijos y por lo tanto "desaparecer el régimen de custodia", en ese caso el no custodio aun no puede recuperar su casa sin mas aunque no desaparezca el derecho de uso y disfrute de los hijos?
He leído que existe jurisprudencia con respecto a aunar el derecho de uso de los hijos y el derecho de disfrute del propietario . . . .
15/05/2018 09:39
melajuego
Pues por lo que sé no hay jurisprudencia clara, por lo que no te podría dar una respuesta concluyente. Podría ser lógico que siendo mayor de edad, aunque todavía económicamente dependiente, se mantuviera el derecho de uso para el menor pero este no fuera ya extensivo al que era el custodio no propietario, porque técnicamente no es ya el custodio, y por tanto pudiera ir el que no era custodio con el hijo a su propiedad privativa. Algún caso creo que ha habido (ningún caso es igual) pero por lo general no es así, se suele mantener como si aún existiera custodia mientras los hijos no sean económicamente independientes. Una cosa sería en un nuevo divorcio con hijos mayores pero dependientes económicamente, otra la continuación de un régimen ya existente. Y es que se puede ver de otra forma: el derecho uso lo tiene adquirido y asentado el descendiente con derecho a alimentos mientras tenga tal derecho, pese a ser mayor de edad, y este podría decidir con quién vive en la casa de la que tiene derecho de uso, y salvo demanda o acción por su parte, se entendería que este mantiene la situación vigente.
15/05/2018 23:25
Prometeoo
Prometeoo si te sirve te diré mi caso. Mi vivienda privativa cien por cien, mi hijo mayor de edad dependiente económicamente. Tengo sentencia que ella sale de mi vivienda privativa en el plazo de dos años, yo vuelvo a mi casa y mi hijo de veinte año es libre de permanecer allí o irse con la madre, pero la madre se va por sentencia judicial
15/05/2018 23:27
melajuego
Melajuego he ampliado informacion a prometeoo. De la pregunta que quieres aclaración
17/05/2018 01:30
francolla
Muchas gracias Paquito por lo minucioso de tu respuesta y muchas gracias Francolla por la aplicación a un caso real como el tuyo (que por cierto te había leído con anterioridad), claro que como bien apunta Paquito ningún caso es igual.