Me acabo de presentar a unos exámenes para poder entrar a formar parte de la bolsa de trabajo para personal temporal, en principio para contrato de 6 meses.
Las bases son totalmente discriminatorias perfilandose como siempre para los que ya las ocupaban. Pero lo peor es que según las bases para poder entrar en la bolsa era necesario pasar el examen con una nota de cinco. Pues bien esto ultimo se lo han saltado a la torera puesto que como sólo han aprobado 5 o 6 personas, dicen que han tenido que bajar el listón y han metido en la lista a quien han querido ¡ de verguenza!, personas que todo el mundo conoce, que casualidad.
En fin visto lo visto he decidido ponerme manos a la obra e impugnarlo, pero estoy totalmente perdida.
Qué pasos tengo que dar, me queda poco tiempo creo que el plzo son 10 dias no?
Por favor alguien puede decirme como hacerlo.
Gracias
En primer lugar, imagino que en las bases de la convocatoria vendría establecida la legislación aplicable. Aunque la plaza sea para personal laboral y temporal, deben respetarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Si en las bases se decía que había que alcanzar un 5 para superar el examen, se debe alcanzar ese 5. Ahora, el problema es cómo se alcanza ese 5. Si en las bases ponía cuánto puntuaba cada acierto y cada error, basta hacer unas simples operaciones matemáticas. Pero, por lo que me dices de que han bajado el listón, algo debe poner en las bases de que el aprobado se obtendrá según establezca el tribunal en relación al nivel alcanzado por el conjunto de los opositores. Esto quiere decir que el "5" lo pueden poner en aprobar 40 de 60 preguntas si hay mucho nivel o en aprobar 20 de 60 si hay poco nivel. Es sólo un ejemplo.´Sólo en caso de que esté claramente determinado en las bases la puntuación y el Tribunal no la haya cumplido, se podrá impugnar. Si la "bajada del listón" ha sido POSTERIOR a que salieran las primeras notas, entonces sí que se puede impugnar, ya que esa BAJADA tiene que hacerse antes. En cuanto al plazo para recurrir, ¿es el último o único examen? S es así podrás recurrir en reposición ante el mismo tribunal (potestativamente) o en alzada ante quien nombró al Presidente del Tribunal, imagino que lo nombraría el Alcalde. Para ambos recursos, y puesto que el acto es expreso, tienes un mes.