Supongamos que A cede a B el uso y disfrute de una propiedad durante 4 años prorrogable tácitamente 2 años más.
Supongamos que en periodo de prórroga B quiere demostrar ante un tercero que ostenta ese derecho sin necesidad de acudir a A. ¿Cual es la mejor manera de hacerlo?, me han hablado de hacerlo a través de un interdicto de dominio, pero es una figura que no domino.