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Como obtener la baja con la mutua por embarazo de riesgo

3 Comentarios
 
Como obtener la baja con la mutua por embarazo de riesgo
perfil Anónimo
13/09/2016 22:58
Estoy de 22 semanas estoy derivada alto riesgo por abortos de repetición y trombofilia, trabajo de coordinadora de ambulancias en una oficina paso 9 horas sentada delante de un ordenador mi hora de comida está incluida delante del ordenador y pendiente del teléfono, pasó por mucho estrés y ansiedad, mi puesto está bajo mucha presión y es impredecible y el estar tanto tiempo sentada me provoca dolores en piernas e incluso llegó a tener ciática, quiero solicitar la baja para la semana 25, con mi mutua del trabajo pero mi trabajo me dice que tengo que ir a la seguridad social que no tengo derecho a prestación y los de la seguridad social me derivan a la mutua para conseguir el 100% de la presentación adjuntándole mis datos clínicos, del trabajo me vuelven a decir a través de la mutua que si el embarazo es de alto riesgo es cosa de la seguridad social. Necesito asesoramiento en cómo puedo actuar para conseguir la baja por la mutua y no perder ni dinero ni tiempo de maternidad Gracias
14/09/2016 11:15
Anónimo
Parece ser que los de la Mutua o no se enteran o mas bien no se quieren enterar.
La situación de riesgo durante el embarazo es una contingencia profesional por tanto deben encargarse ellos de expedir la pertinente baja, pero ojo baja por riesgo, no se puede estar de IT por enfermedad y por riesgo, seria esta segunda, debe solicitarla la trabajadora .
Si la mutua se niega atenderla pida la hoja de reclamaciones ya vera como se les quitara la tontería.
No se quieren enterar teniendo en cuenta que quien paga la prestación es la SS pero coom cont. profesional son ellos quienes deben de gestionarla
Mire lo ss: Actualizado a Agosto de 2016. Aquí podrá incluso bajarse la documentación.

La prestación por riesgo en el embarazo – Cita previa INEM
www.citapreviainem.es/la-prestacion-por-riesgo-en-el-embarazo/
14/09/2016 11:38
Anónimo
Se entiende como situación protegida, a la que se encuentra la trabajadora embarazada durante el período de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos de embarazo por riesgo.
El derecho al subsidio nace desde el mismo día que comience el permiso por riesgo de embarazo. Está consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.

El procedimiento se inicia a instancia de la trabajadora, mediante un informe que deberá solicitar al facultativo del Servicio Público de Salud, en el que se acredite la situación de embarazo y fecha probable del parto.
Con el citado informe y un certificado de la empresa sobre las actividades del puesto de trabajo, la trabajadora solicitará la emisión de la certificación médica sobre la existencia de riesgo de embarazo ante la entidad gestora o colaboradora que corresponda. Si la entidad gestora entiende que no se produce la situación de riesgo, denegara la expedición de la certificación médica solicitada, comunicando a la trabajadora que no inician dicho procedimiento a la obtención de la correspondiente prestación..
O, una vez certificado el riesgo, si no ha sido posible el cambio en el puesto de trabajo, la empresa declarará a la trabajadora afectada en situación de IT por contingencia profesional de riesgo de embarazo.
14/09/2016 12:11
Anónimo
Y haz como bien te dice jamgpreve.
Suerte y que sea una horita corta.