Entre procuradores no se como será, supongo que el tema de las venias estará regulado igual que para los abogados.
Para quitártelo fácilmente de encima habla con el nuevo procurador, que le mande un burofax en el cual se le dice que mediante el presente escrito se le solicita la venia, a la que no puede negarse, y que se va a personar en la causa.
Posteriormente haceis la personación y adjuntais el burofax.
Esa es la técnica que he usado yo en varias ocasiones con otros compañeros que se niegan a darte la venia bajo cualquier pretexto. El juzgado siempre te admite la personación pq saben que el anterior no se puede negar a conceder la venia. Así os cubrís las espaldas para/con el Colegio respectivo.
Una cosa te digo, sin la venia o sin el burofax no os van a dejar que os personeis, por lo menos en los juzgados que yo lo he intentado.
El escrito pidiendo el informe concursal que debías entregar el 8 septiembre no ha sido entregado cuando se pidió. Te niegas como en el pasado a confirmarme la entrega con hoja de entrada sellada en el Registro o recepción de nada. No sé si el recurso de reposición Mercantil 2 con fecha límite de plazo hoy lo has presentado hoy como pedí por el mismo motivo. ¡La sentencia que recibiste el 1 septiembre que íbamos a recurrir en aclaración que tiene plazo de dos días no me la comunicaste hasta el día 5! Desde el principio he pedido se me confirme entrega o recepción de cada escrito o cambiar de procurador. Te opusiste a ello y tampoco me has permitido cambiar a otro procurador por lo que expresamente te hago responsable de los daños que cause que no me comuniques inmediatamente escritos o no entregues los míos. Estoy obligado por tu voluntad unilateral a continuar enviándote los escritos sin quererlo yo, sin haber pactado ningún precio por algo que no quiero y tengo miedo de perder un pleito por tu actitud haciéndome incurrir en responsabilidad por tus hechos y actitudes. Te confirmo en tanto no pueda cambiar por tu oposición de procurador que enviaré con acuse de recepción del que espero des tu acuse los próximos escritos. Te confirmo que cualquier escrito que entregue mi cliente en relación a sus asuntos tiene el mismo valor que si te lo entrego personalmente. Te he transmitido los siguientes escritos que listo para probar que si no los entregas no es por culpa mía: Civil XX, recurso aclaración, preparación recurso apelación, recurso apelación, contestación a apelación. Mercantil YY recurso reposición tasación costas, impugnación costas, petición pago, petición informe concursal, recurso reposición, recurso queja, incidente nulidad, recurso amparo. Civil Wtur: no tengo ninguna comunicación tuya desde hace meses. Atte: letrado FJIM en representación de FJRG.
Compañero: el procurador no te puede pedir una cantidad desorbitada, pues los procuradores no se rigen por el sistema de honorarios libremente pactados con el cliente, sino por el sistema de aranceles, que es tasado.
Dile que te prepare su minuta, y si no te la dá, lo requierer por burofax, comunicandole que has decidido prescindir de sus servicios y que quieres pagarle su cuenta de aranceles y gastos suplidos, previa liquidación de su importe, para lo cual deberá entregarte dicha liquicación con el detalle o desglose de cada uno de los conceptos minutables y su importe.
Después, verificas si está correcto. En caso negativo, se lo comunicas así y envías copia del burofax, adjuntando copia de su liquidación, al Colegio de Abogados.
Aunque no sea muy 'procesal', presenta un escrito en el Juzgado comunicando que has decidido cambiar de procurador, y que el nuevo procurador será fulanito de tal. Añade que te has ofrecido a pagar la cuenta de aranceles y gastos suplidos del procurador saliente, y quizás, aporta copia del burofax en dicho sentido.
Lo más probable es que el Juzgado no admita el escrito, pero al menos conseguirás que el Secretario se entere de la clase de personaje que es tu procurador actual, y, con un poco de suerte, hasta es posible que alguien le pegue n tirónde orejas moral o incluso le pongan mala cara...
¿Que más puedes hacer? copia de todo a Colegio de Procuradores y quizás, 'cascarle' un acto de conciliacion, comunicandole que quieres prescindir de él, que quieres pagarle lo que le corresponde, y advirtiendole que le reclamarás cualquier daño o perjuicio que pudieras sufrir a causa de su actuación, presente o futura, a ver que pasa. Al menos, otro Juzgado conocerá de que pie cojea el dichoso procurador.
Otra 'jugada' maestra, que podría 'colar' es que otro procurador se persone en el pleito, con la coletilla 'previa venia, que se solicita mediante el presente escrito' y 'previo pago de la cuenta de aranceles y gastos suplidos de mi predecesor, cuyo importe mi cliente se comprometie a abonar en cuanto sea presentada y verificada su procedencia', o algo así. si encuentras a otro procurador dispuesto a eso, es muy posible que la jugada te salba bien y el Juzgado tenga por cesado al antiguo procurador y por personado al nuevo, o, al menos, ya empiece 'el lío' y el mosqueo de todo el mundo, con la consiguiente ventaja para rí.
A lo largo de más de 25 años de ejercicio, yo solo tuve un caso parecido y sufrí mucho, per al final conseguí arreglar las cosas. Una pesadez, eso sí, pero no hay más remedio que actuar.
Decidí demandar por una cantidad que me deben y el asunto se ha complicado con distintos incidentes y recursos.
Le transmito mis escritos por mail o fax. Nunca acusa recepción. En Madrid no es realista ir una hora para dárselo en mano al señor cada vez y perder otra hora de vuelta cada vez para que probar que se los he dado. (lo hice una vez y tampoco quiso firmarme su recepción)
Sólo quiero de mi procurador que me dé por email o fax la hoja sellada de que ha entregado mis escritos; y, que me comunique de la misma forma los escritos que recibimos.
No quiere hacerlo.
Ante su negativa y varias pifias, como entregar escritos más tarde de cuando le dije los entregase o entregarme una sentencia una semana después de recibirla, decido cambiar de procurador a uno que parece más honrado y trabajador.
No me deja hacerlo.
Pide una cantidad exorbitada antes de darle la venia al nuevo procurador. Pagarle tampoco me garantiza nada, porque por la dinámica de los juzgados seguirá recibiendo escritos que no dudo no me comunicará por mala fe y no podré siquiera probar que no me los ha dado.
¿Qué puedo hacer en la práctic para minimizar los problemas y no correr el riesgo de perder el pleito por no recurrir por ejemplo a tiempo por su culpa?