Expongo. Sobre un terreno de 1600m2 se edifico en el 1956, 1 vivienda. Sobre el 1970 se edifico una altura mas. Se abono la multa del momento (sobre 600 pesetas de entonces). La planta baja y primera disponen de luz, agua y telefono (no alcantarillado). Existe cedula de habitabilidad. Existe proyecto de obra, existen escrituras del terreno... pero no escrituras de la vivienda... ¿como puedo hacer para escriturar las viviendas?, ¿puedo escriturar solo la planta primera, o , debo escriturar todo en 1 y despues dividir (o distinguir) 2 escrituras (1 para planta baja y otra para planta primera)?, ¿es necesaria mas documentacion?, ¿donde pido informacion: ayuntamiento, consejeria obras publicas, consejeria urbanismo?. Viendo los planos urbanisticos, la zona no se va a tocar (exite un proyecto de carretera pero no obliga a expropiacion de las viviendas, se llevan mas o menos la mitad del terreno solamente). Muchas gracias.Provincias Murcia, zona Barrio del Progreso (Ronda Sur).
Debes mirar si tiene licencia de obras en su momento. So pagaste multa, supongo que la pagarías al ayuntamiento por la ejecución de la nueva planta, no?
Con la copia de la licencia de obras y unos planos de la casa (pueden ser del proyecto de entonces), puedes hacer la escritura. Ya sabes, notario y registro.
Si la casa no tiene licencia de obras tienes que hacer un proyecto de legalización de la vivienda, proyecto en el que un arquitecto te hace unos planos diciendo cuál es el estado actual y que cumple con la normativa. Después lo mismo que en el párrafo anterior.
Buenas. No existe licencia de obras, solo el proyecto de obra. Mi duda, aparte, que se trata de una edificacion de dos alturas. ¿Hay que legalizar todo en 1 y despues realizar escrituras de planta 1 y planta 2?, lo digo porque el terreno es de 3 personas. La casa de abajo la usa 1 de ella, la de arriba otra y la tercera persona vive fuera. La cosa es para que, el que vive arriba pueda escriturar la casa de arriba a su nombre. El de abajo al suyo... y al tercero si no le interesa, pagarle la parte proporcional de las dos, pero la cosa es esa, ¿se legalizo el bloque y posteriormente se escrituran dos viviendas (¿division horizontal?).La vivienda actualmente esta catalogada como "fuera de ordenacion".