para Aybperitos:
¡anda ya!
yo también soy arquitecto, pero tengo otro enfoque de la participación en un foro de ayuda ... y hasta es posible que tenga otro enfoque de la profesión.
sobre tu participación en este foro, a la que me he referido en mi mensaje anterior, no he de guardarme mi opinión, y la mantengo
sobre tu enfoque de la profesión no tengo nada que decir porque lo desconozco, pero te daré la mía respecto a casos como el que plantea Zentu:
- como encuadre digo que creo que Zentu tiene una casa, construida en 1980, con irregularidades administrativas, y dado que cada administración va por su lado, lo primero que ha de hacer es ir a las distintas administraciones para saber qué requerimientos ha de satisfacer para regularizar administrativamente su situación, porque es muy probable que algunas de las irregularidades supuestas no lo sean o sean fácilmente subsanables. A partir de ahí es muy probable, seguro salvo que las distintas administraciones decidan mirar a otro lado, que necesite los servicios de un abogado y/o un arquitecto (y/o un aparejador, si acaso) y no tengo nada contra el ofrecimiento de esos servicios siempre que se hable de los servicios necesarios (cada cual tendrá su valoración de si se está aquí para ayudar o únicamente para buscar chollos), y en este caso es muy probable que no necesite un expediente de legalización en la forma así definida por los colegios de arquitectos (e incluso en ese caso un expediente de legalización no es exactamente un proyecto básico y de ejecución), por lo que considero que tu mensaje es engañoso.
- también yo he hecho unos cuantos expedientes de legalización, únicamente cuando eran absolutamente necesarios (en este caso aparenta no serlo) y tras confirmación de su necesidad por un abogado o un tribunal (sobre ese punto decide el cliente). Es un trabajo que no me agrada, pero que hago como servicio necesario y a un precio que considero razonable (a veces no se está en posición de elegir un trabajo, por diferentes motivos) por bastante menos dinero de lo que sería la aplicación de los honorarios de referencia colegial, por tratarse de una tarea meramente administrativa en la que aporto únicamente proceso, lo que resulta obvio para quien se siente arquitecto.
- creo que este caso puede adquirir la regularización administrativa suficiente con poca cosa, quizá un plano y varios certificados (todo ello sin necesidad de visados colegiales), y hasta es posible que sea suficiente con un plano no necesariamente firmado por un arquitecto o un aparejador … y, aunque insisto en que no tengo nada contra el ofrecimiento de los servicios profesionales necesarios, cada cual tendrá su valoración de si se está aquí para ayudar o únicamente para buscar chollos, si se ofrece la colaboración para los servicios profesionales necesarios o si se indican como necesarios unos servicios que muy probablemente no lo sean … y mucho más cuando se habla de seguro decenal, porque pretender un seguro decenal innecesario sería entrar en unos costes desproporcionados incluso para una casa de construcción reciente.
- creo que Zentu tiene una casa con irregularidades administrativas subsanables y, si realmente son subsanables, creo que los “papeles” para la regularización pueden costarle entre 300 euros y 30.000 euros, según la vía que emprenda, las exigencias que le impongan y en quien confíe ... y qué decir si, como resultado de una vía mal elegida, se ve abocado a la ejecución de obras de reforma y/o adecuación.
Zentu, tras leer el mensaje de Veo (que nos da la razón aunque él no lo sepa), en varios de los Puntos de su mensaje necesitas de los servicios de Arquitectos.(punto 2 )
Para que la legalización sea completa (con SEGURO DECENAL ) se debe de realizar además un Proyecto Visado por el Colegio de Arquitectos y Asegurado.
Tras la realización de muchos proyectos de este tipo la experiencia que tenemos y el aval del COLEGIO DE ARQUITECTOS (te puede informar de que el proceso es el que te hemos informado).
en principio creo que puedes olvidarte de hacer proyecto básico y de ejecución, como te indica Aybperitos.
quizá Aybperitos está mal de trabajo y ahora bombardea el foro en busca de chollos, porque ayudar es otra cosa y se hace de cualquiera de muchos otros modos.
quizá no necesites gran cosa una vez que ya existe una referencia a la casa en la escritura y, como cada administración va por su lado, lo mejor es que:
1.- vayas a catastro con la escritura y preguntes qué necesitas para su regulacización a efectos de IBI, que, una vez que está referenciada en la escritura, quizá sea un par de fotos y un plano de planta a escala
2.- vayas a esa notaría y preguntes si necesitas hacer una escritura específica de declaración de obra nueva (porque quizá no sea preciso) y en caso de que sea necesario puede resultar suficiente con:
- un plano de plantas de distribución, a escala, firmado por un arquitecto o un aparejador
- un certificado de antigüedad, firmado por el mismo arquitecto o aparejador
- un certificado municipal indicando que respecto a esa casa no hay ningún expediente de infracción en vigor
- el certificado catastral que incluya la casa
sobre si necesitas licencia de primera ocupación, no lo sé porque cada ayuntamiento va por su lado, pero pudiera no ser necesaria si ya tienes servicios de electricidad y demás
sobre si habría sanción por infracción urbanística, no la habría si la casa es de los años 80 por haber prescrito, aunque podría haberla si últimamente se han hecho obras sin licencia (sanción respecto a esas obras y no respecto a las de los años 80)
sobre si tendrías que pagar el IBI anterior, SI, de los cinco últimos años
Para legalizar la vivienda es preciso presentar UN PROYECTO DE ARQUITECTURA (proyecto básico y de ejecución, con seguro decenal de los Arquitectos) presentarlo en el Ayuntamiento.
Sería como realizar un proyecto de una obra nueva (aunque se vaya a legalizar o reformar).
Nosotros soos Arquitectos y hemos hecho muchas legalizaciones de viviendas.
Si quieres más información o tener una reunión con nosotros nuestro telefono 24 horas es 649.96.60.94 y nuestra página web http://www.aguirrebaeza.com/
Quisiera saber como legalizar una casa construida en suelo no urbanizable y vinculada a una finca de explotación agrícola.
La casa se construyo en los años 80, y no se solicito permiso como tampoco se ha declarado hasta la fecha.
En 2002 decidimos escriturar la finca y en el CERTIFICADO CATASTRAL del MINISTERIO DE HACIENDA aparecia ya la casa como vivienda no catrastada incluida dentro de la finca, con los m2 de finca total, así como el desglose de cultivo y de vivienda.
En la escritura de la finca sólo se incluyo una referencia de la existencia de la casa de campo dentro de la finca, y el certificado de hacienda que he citado anteriormente.
Creo que para legalizarla tendria que aportar el Modelo 902 N en hacienda conjunto a fotografías, DNi, planos, etc...
Todo esto se aportaria en Hacienda o en el Ayuntamiento.
Entiendo que el certificado de hacienda está basado en fotografías aéreas (no se de cuándo son, sólo sé que en 2002 ya aparecía) y que a su vez es una prueba junto con la mención en las escrituras de la mínima antiguedad de la vivienda.
Con todo esto pienso que no hay problemas para registrarla en hacienda, pero qué pasa con el ayuntamiento, ¿tendría que solicitar permiso de primera ocupación y pagarlo?¿tendría que pagar multa despues de tanto tiempo?¿tendría que pagar los atrasos de contribución?¿alguna cosa más?
Gracias