Como dice acriton yo creo que debe haber un error (no se quien hace el reparto si la Notaria o la Promotora) pero al ser yo el último que ha llevado las escrituras a registrar, probablemente ese error ha salido ahora y alguien o algunos tienen que tener alguna/s plazas que no se corresponde la cuota con los metros reales.
Yo creo que el Registro lleva un control de las cuotas hasta que llega al 100% y a partir de ahí no admite más escrituras sobre ese terreno sin importarle la correspondencia de las mismas con los metros reales.
Gracias por los distintos puntos de vista.
un saludo
A mi esto no me suena nada bien. Se supone que previamente a hacer una escritura de compraventa tiene que estar registrada en el Registro de la Propiedad la escritura de División Horizontal, que es donde se le asigna coeficiente a cada una de las fincas registrales.
Por tanto el coeficiente de esa plaza de garaje tiene que estar forzosamente ya establecido en dicha escritura de división horizontal.
Si en el reparto de la escritura de división horizontal, se sufrió un error y la suma de todas las fincas es mas del 100 %, no es un tema que usted pueda resolver.
Tendrá que realizarse una nueva división horizontal corrigiendo los errores y los gastos de ello, que lo asuma el responsable (promotor o notario).
Como ya le indica morinelli son conceptos distintos. Los metros de su parcela y la cuota de participacion tienen relacion pero esta ultima depende de la division horizontal realizada y legalizada por el constructor en el registro.
Puede estar equivocada y no pasa nada por corregirla. Si ademas la cuota a usted se le reduce, tanto mejor para usted, porque todos los gastos de comunidad seran en funcion de esta cuota. Con los mismos metros consigue reducir sus gastos de comunidad.
Lo que te dicen en el Registro es que las cuotas pueden estar mal calculadas. En función del uso cada metro lleva un índice de cuota. No es lo mismo 1 m2 de vivienda que 1 m2 de trastero...
Con más cuota, más gastos soportas...
La plaza es tuya y punto. Se podrán modificar la cuota y que finalmente te toque más, pero eso no tiene absolutamente nada que ver con la propiedad de la plaza y los metros que tenga.
Cuando vendas te la pagarán en base a la expectativa del comprador que normalmente irá ligada a los metros...pero te darán lo que con tus buenas artes acuerdes.
Bueno devolverme el importe cobrado sería lógico si además de inscribirla con menos cuota tuviese tambíén menos metros. Pero no es el caso, porque aunque se inscriba con menos cuota pero los metros son los que se pactaron. Mi duda es si puede haber algún problema como, por ejemplo, que algún comunero me reclame esos metros de más, o a la hora de venderla no me la quieran pagar por los metros que tiene sino por la cuota indivisa.
Sería posible esto.
Alguien podría decirme que repercusión tiene el que al inscribir en el Registro de la Propiedad una plaza de garaje que tiene una cuota indivisa de 4,52 % te diga el Registro que no puede ser porque ya solo le queda a la Promotora una cuota de 3,46 %.
En la Notaría me han dicho que la solución en simplemente hacer una subsanación de escrituras poniendo la cuota que queda, es decir 3,46 %. Me ha justificado esto comentando que lo importante es el concepto de uso de la plaza.
Tengo que ir a que me lo expliquen mejor, pero alguien me puede adelantar algo.
No me querrá engañar la Promotora, si bien los metros reales de la plaza corresponde a la cuota 4,52 %.
Muchas gracias de antemano.