Opino como Leonjbr: ejecución provisional y escritos instando el impulso procesal una vez a la semana, con visita al oficial y al secretario incluidas.
art. 524.2 LEC:
"La ejecución provisional de sentencias de condena, que no sean firmes, se despachará y llevará a cabo, del mismo modo que la ejecución ordinaria, por el tribunal competente para la primera instancia."
Nótese: "se despachará y llevará a cabo", el juzgado no puede denegar la admisión del escrito, aunque sí puede -y lo hará- dar traslado para oponerse, y tienes el plazo suspendido.
Y para más inri, art. 527 LEC te dice que el momento procesal es tras la notificación de la apelación, cosa que aún no tienes.
Lo único que se me ocurre es que solicites la ejecución provisional pero no tengo claro que el juzgado la admita.
Como evitar mas dilaciones en procedimiento de desahucio.
Anónimo
11/03/2024 18:40
Hola compañeros:
Llevo un asunto de desahucio por falta de pago de alquiler con reclamacion de rentas vencidas sobre local de negocios, obtuvimos sentencia faforable pero el inquilino esta haciendo todo lo posible por dilatar el procedimiento y la entrega del local. Intentaron apelar sin consignar las rentas devidas, fueron requeridos mediante decreto para dicha consignacion, recurrieron la misma, ahora han presentado escrito informando de la renuncia a la representacion procesal pidiendo que se le requiera para designar nueva representacion, intuyo que pediran justicia gratuita para recurrir el auto que inadmita la admision a tramite de la apelacion.
Puedo hacer algo para evitar todas estas dilaciones?. Gracias de antemano