Buenas tardes.
Soy Venezolana y estoy casada desde hace unos años con un cuidado Español.
Tengo una sola inquietud.
Yo, como esposa de un comunitario puedo traer a mi familia a España?! En éste caso, sería a Madre, hermana y dos sobrinos. De verdad gracias por su ayuda.
Sí, puedes ,pero con condiciones. La fundamental es que demuestres ,para cada uno de los familiares, que en su país de origen, Venezuela, dependen económicamente de tí. Y que sin la ayuda que tú les proporcionas les sería absolutamente imposible la subsistencia. Esto, en general, suele ser difícil de probar a satisfacción del funcionario de turno cuando vais a solicitar un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario (que es lo primero que tenéis que hacer) en el consulado español. En definitiva, debes reunir absolutamente toda la documentación de la que dispongáis y que acredite que estos familiares dependen de tí en Venezuela (certificados de no recibir salarios, pensiones, no tener propiedades, remesas de dinero enviadas por tí.... todo, absolutamente todo, por insignificante que pueda parecer). Y, a partir de ahí, hacer las solicitudes correspondientes. Cuando lleguen a España es necesario tramitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea para cada uno de ellos (unos, familia directa - tu madre - y otros familia extensa -hermana, sobrinos-). Puede hacerse, sí. Pero te adelanto que no es fácil en general.
1.- Si son venezolanos, no necesitan visa para ingresar en España. El visado de entrada en el espacio de Schengen solo se ha de solicitar si se es nacional de un Estado que requiere visa para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea.
2.- Una vez dentro de España corresponde solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es cuando corresponde efectuar la prueba, que en los casos de los familiares que usted señala debe ser exhaustiva y centrarse fundamentalmente en probar que vivían a su cargo :
- La madre, que vivía a su cargo y que carecía de otras fuentes de ingresos en su país.
- La hermana y los sobrinos : entran dentro de la consideración como familia extensa, en cuyo caso ha de probarse, además de la dependencia económica, que es indispensable y necesario que se trasladen a España con usted.
Es importante dejar en claro que quien les daría el derecho de residencia no sería usted, sino su cónyuge ciudadano de la Unión.
Buenas noches.
Hace algún tiempo les escribí solicitándole información de cómo inscribir mi Matrimonio aquí en Madrid con un ciudadano Español siendo yo Venezolana. Bien Ya me enviaron mi acta de Matrimonio legalizada y apostillada tengo todo los requisitos EXCEPTO mi partida de nacimiento. Mi pregunta es la siguiente; Puedo ir agilizando mi trámite de inscripción del Matrimonio mientras terminan de legalizar y apostillar mi partida de nacimiento y me la envían a España? La situación en Venezuela está delicada y no está trabajando los entes públicos. Agradezco de todo corazón su ayuda. Gracias.
Si el expediente no está completo, no se lo recibirán. Se trata de un expediente registral, que se rige por la normativa de Registro Civil ( Ley de Registro Civil y Reglamento ). Si el expediente está incompleto no se podrá avanzar porque precisamente la falta de un documento preceptivo hará que permanezca paralizado y no pueda dársele el curso que corresponda.
Los documentos extranjeros deben estar apostillados ( países signatarios del Convenio de La Haya) o legalizados por vía diplomática ( resto de países) . La falta de Apostilla o de legalización convierte al documento extranjero en un documento inútil, ya que no podrá producir efectos en España precisamente por la falta de la Apostilla o legalización, según sea el caso.