No existe un plazo exacto, la empresa tiene que pagarlo en el momento de entregar el finiquito al trabajador, normalmente el último día que se presta servicios. Si el finiquito se paga mediante transferencia el pago puede tardar un par de días. Este retraso está permitido por la jurisprudencia, ya que es un retraso no imputable a la empresa, si hizo la transferencia a tiempo.
Siempre que la empresa no pague el finiquito al finalizar la relación laboral, estará pagando tarde el finiquito.
Algunas empresas esperan al día de pago de la nómina para pagar también los finiquitos, aunque no sería el momento de hacerlo, si la relación laboral ha terminado antes.
Puede usted reclamar el pago de ese finiquito mediante demanda de reclamación de cantidad y exigiendo los interese por mora pero tratándose de un mes no serán gran cosa y además pleitear para que se realice el pago tardará mucho mas del tiempo que l empresa puede tardar en pagarle así que esta usted a merced de la empresa, lo único, usted no firme ese finiquito hasta que no lo haya cobrado
¿cómo es la liquidación en una excedencia por cuidado de hijo?
Mi excedencia por cuidado de hijo va a empezar a principios de junio, pero me han comunicado que mi liquidación se me abonará a final de mes.
¿Es esto válido y normal?