Para poder hacer valer tu derecho, deberás interponer una demanda ejecutiva de hacer personalísimo, solicitando el plazo que estimes oportuno para que la persona demandada resuelva el problema, y si en ese término no lo hiciera, se podrá hacer por una tercera persona y a cargo del ejecutado, previa tasación de las reparaciones a efectuar por un perito judicial. Saludos.
Desde hace varios años (20) tengo problemas con mi vecina del piso superior. Tiene las conducciones de agua en muy mal estado y se niega a reparar. Desde hace cuatro años tengo una sentencia firme de la Audiencia provincial, que la condenan a cambiar todas las conducciones de agua de toda la vivienda, pero ni por esas, no hace mas que marear la perdiz.
La situacion actual es que tenemos solicitado al juez la aplicacion del art.709.2 y 3 LEC y que se apremie a mi vecina con una multa de 800 € hasta que se cumpla la sentencia.
Pero me han comentado y de ahi mi pregunta, que para acelerar el tema lo mejor es que las reparaciones las haga yo mismo pero a su cargo y de ahi mi pregunta. ¿COMO HAGO? lo primero con la autorizacion del juez y casi seguro acompañado de la policia le levanto su piso y cambio todas las conducciones de agua, despues se lo tengo que dejar tapado y los azulejos puestos y sobre todo para recuperar los gastos, estos irian por el mismo procedimiento de la via ejecutoria o habria que empezar otro.
GRACIAS