Tengo la certeza en un procedimiento que tramito, de que el ejecutado ostenta participaciones sociales en una sociedad para la que además trabaja.
Dado que, sería una medida de presión muy efectiva para un moroso de libro, os pregunto ¿cómo hago efectivo el embargo y posterior apremio sobre las participaciones sociales, si ejemplo el administrador de la sociedad(buen amigo del ejecutado) niega que el ejecutado ostente dichas participaciones?
¿hay obligación a exhibir los libros de la sociedad?
la sociedad a requerimiento del juez tiene la obligación de presentar los libros de la sociedad para comprobar la participación que tiene el ejecutado en la sociedad (ya que estos libros no son públicos). Si el administrador hace caso omiso al requerimiento judicial, ya se encargara el juez de comunicarle al administrador que en caso de no presentarlos le impondra una multa a la sociedad por desobediencia a mandato judícial (estas son verdaderamente gordas) y te aseguro que el administrtador presenta los libros o el ejecutado paga ipso facto.
Por experiencia te digo que si el ejecutado tiene una gran participación en la sociedad este es el metodo mas efectivo para hacerle pagar. ( yo siempre recurro a ello)
Gracias. Asi lo haré. Realmente el ejecutado consta como autónomo "remunerado" por la sociedad en cuestión. Pero en diligencia judicial, el empleador manifiesta que recoge la diligencia en calidad de "socio" del ejecuatdo.
Por supuesto, ninguno de los tres oficios librados por el Juzgado para retención de sueldo han sido contestados por dicha empresa, que ya está apercibida por desobediencia.
Creo que voy a instar a que presente ya los libros.