Hoya, RUI.
Lo habitual en casos como el que planteas es hacer un "documento privado" que, con una estructura similar a la del contrato de compraventa (es decir, identificar claramente a las dos partes, el bien inmueble sobre el que os comprometéis ambos elevar a público la escritura de compraventa, ...) pero indicando que se trata de una entrega a cuenta de la futura compraventa del piso, el plazo en que se realizará ésta, ... y cuantas "cláusulas" consideréis oportuno incluir ambas partes.
Ten en cuenta que si se imcumple el compromiso que se recoge en el documento, el futuro comprador perdería la "señal" entregada (si es el responsable del incumplimiento, o el vendedor (de ser él el responsable de dicho incumplimiento) habría de devolver el doble de lo recibido.
Podríais hacer vosotros mismos el mencionado documento, si tenéis claro qué queréis reflejar en el mismo (incluso es posible que en Internet encontréis algún modelo que os pueda servir), pero siempre es conveniente que os asesoréis por un profesional, pues el plazo que comentas es bastante largo, y es posible que debáis considerar la inclusicón de alguna cláusula especial de salvaguarda de intereses.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
queria vender mi piso de particular a particular y hemos hablado de dar una señal para que yo le reserve el piso, pero como el piso no hace 3 años hasta el 31 de enero, no se lo puedo vender hasta esa fecha. Lo que queria seber es si en caso de que me den la señal ahora hay una fecha en la que esta caduca o si me la puede dar ahora sin problemas aunque la venta se haga en febrero. Y tambien queria saber como deberia entregarme esta señal. ¿vale con un ingreso en el banco o es mejor hacer un contrato?
Un saludo y gracias