He comprado 2 parcelas para hacer una promocion de 4 viviendas bifamiliares, dos por parcela.La construccion la llevare a cabo yo (y los trabajadores que deba de contratar)en un 40% y el resto se subcontratara a otras empresas.
La idea principal es que despues de realizar la construccion ,de aqui a dos años, quede un beneficio monetario pequeño pero una de las viviendas a mi nombre(para que sea vivienda habitual).
Esto me sugiere las siguientes dudas:
-¿Me interesa mas darme de alta como SL que tributar como autonomo?
-¿Como tributaria la vivienda que quedaria a mi nombre?
En el titulo del tema dices "bien ganancial de una SL", eso es imposible pues los bienes gananciales son exclusivamente de un matrimonio que tenga ese regimen.
Perdon pero me referia a cuando el bien es el beneficio de la empresa.Me refiero a q figure como beneficio de la empresa pero q al disolverse esta queda como reparticion de beneficios para el unico accionista.
Sorry