1º Aprobarlo en junta de socios
2º Con la certificacion de la junta y el mod 600 de ITP , lo presentas en la consejeria de hacienda de tu comunidad , ahora mismo esta exento de pago pero te hace falta tener el impreso sellado, un saludo
Los socios de una S.A. han prestado dinero a la sociedad, en idéntica proporción a su porcentaje de capital. Dado que la empresa va "tocada" y no puede pagar intereses a los socios, ni ingresar las retenciones fiscales, se quiere cancelar este préstamo e integrarlo en los fondos propios de la sociedad. ¿Es necesario ampliar capital, o bastaría con hacer un asiento contable cargando al préstamo y abonando a algún tipo de reserva de fondos propios?.