Dependiendo del tipo de trabajo o del volumen de trabajo de la empresa podras hacer las siguientes contrataciones.
1.- Contrato Laboral Temporal por obra o servicio determinado (estos contratos se utilizan en su mayoria para las construccion de edificaciones) o por un servicio de terminado en el que tengas determinados trabajos que por su urgencia necesitas hacerlos y se pueda acreditar esos extremos. Se podra hacer con fecha de inicio y la fecha de fin de contrato estara supeditada al fin del servicio o de la obra, en el caso que sea inferior a 12 meses no seria preciso dar el preaviso de 15 dias al trabajador, si por el contario es superior a 1 año si que deberas de comunicarselo con una antelación minima de 15 dias.
2.- Contrato Laboral Temporal por Circunstacias de la producción, significa que por ciertas circunstacias puntuales en el trabajo acumulación de tareas, etc. se podra concertar por un periodo de 6 meses dentro de 12 meses. Dichos contratos se suelen mejorar por Convenio Colectivo, o sea se podran ampliar esos plazos, ambos contratos asimismo se podran concertar a tiempo compleo o tiempo parcial, y tienen una indemnización de 8 dias de salarios al finalizar los mismos.
3.- Contrato Laboral Temporal por Interinidad o por sustitución de otro trabajador con Derecho a puesto de trabajo, y este significa que mientras dure ese periodo podra trabajar, tanto a tiempo completo como tiempo parcial.
Estos son a grandes rasgos los distintos contratos de trabajo en vigor. Me podia extender mucho mas pero creo que con esto te sobra
Tengo un pequeño negocio, y ante el (afortunado) volumen de trabajo me he planteado contratar a alguien a media jornada para que me ayude. No se por donde he de empezar, ni que tipo de contrato debo hacer, ni cual me conviene más para que el coste para mi como empresario sea el minimo...ni nada de nada... les rogaria alguna indiciación sobre el tema.