Buenos días a tod@s,
yo vengo del tema de la indefension causada por la Administradora y os agradecería me indicarais algun camino para conseguir esta sentencia:
JUR 2004206148
Sentencia del Audiencia Provincial Las Palmas núm. 387/2004 (Sección 3ª), de 25 junio
Me ayudaría muchismimo con mi problema, muchas gracias a tod@s
Saludos
Es esto lo que estabas buscando?. Aunque de ser así lo mismo ya lo has encontrado. No obstante lo copio y pego:
"En primer lugar voy a entrar sobre la validez de un burofax: Según la Sentencia del Audiencia Provincial Las Palmas núm. 387/2004 (Sección 3ª), de 25 junio:
dice que: que la «notificación fehaciente» del contenido de una declaración de voluntad no exige el conocimiento real de la misma por el notificado, sino simplemente la puesta a su disposición de tal conocimiento, con independencia de que por razones voluntarias del notificado no llegue a dar lectura o instruirse del acto notificado, tal cual sucede en notificaciones por burofax que estando dirigidas al domicilio correcto el notificado no recoge, a pesar de que se le deja aviso oficial por el Servicio de Correos. En este sentido por ejemplo la STS 9/12/1997 ( RJ 1997, 8782) «Fehaciente equivale a lo que es evidente y cierto y, tratándose de notificaciones de actos y acuerdos, supone puesta en conocimiento de algo que interesa. Hay que entender, conforme al principio de la recepción, que resultan fehacientes sólo cuando materialmente llegan de forma demostrada a su destino y aunque no sea en forma directa al interesado, pero éste pueda siempre tomar conocimiento de modo normal o esté en situación de lograr su alcance, sin la concurrencia de impedimentos acreditados que lo obstaculicen, con lo que se excluye que la notificación haya de ser necesariamente notarial o por medio de funcionario público, bastando que se lleve a cabo y sea efectiva en cuanto pueda llegar su contenido a ser sabido debidamente por el destinatario».
¿Cuantos días tiene de plazo el destinatario de un burofax, para recogerlo en Correos, despues de haber recibido el aviso que deja el cartero?.
¿Que tiene que hacer Correos si transcurre el plazo y el burofax no ha sido retirado de sus oficinas?.
Casi preferiría que me lo dieras tú es que yo solo tengo uno para todo y prefiero mantenerlo en el anonimato.
Hola Acriton
El único burofax que yo he mandado, al secretario administrador, este con acuso de recibo y certificado de contenido, le llegó antes de 24 horas, y a mí lo notificaron poco tiempo después. Se da la circunstancia que en un primer intento yo no esta en casa y lo intentaron una segunda vez. Pero me consta que el plazo para recogerlo de las oficinas de Correos, después del día siguiente a haber dejado el aviso en el buzón, de 30 días.
Supongo, creo yo, que si el burofax no es retirado, al menos, se lo comunicarán al remitente. Entiendo también, que le entregarán el burofax para que pueda aportarlo como prueba fehaciente si fuera menester.
Acriton,
correo al segundo intento, suele ser al siguiente día de ponerlo si lo has mndado con acuse de recibo te manda comunicado diciendo que no se ha entregado se ha dejado aviso y si alos 30 dias no lo ha recogido te manda otro comunicado dicendo que nolo ha recogido.
Yo que este comunicado es serío lo he mandado con acuse de recibo, si no tu tambien puedesver en la web de correos localizador de envios con el NB....si lo recoge o no, pero yo como veia "borrasca" lo mande con certificado de contenido (que ire con el al Colegio de Aministradores) y acusede recibo total 3 hojas 28 €
Saludos