Quisiera saber como puedo hacer para solucionar la siguiente duda:
Mi hermano y yo somos propietarios a partes iguales de 2 viviendas, cada uno de nosotros tenemos el 50% de cada vivienda. Yo estoy empadronado y viviendo en un piso y mi hermano esta empadronado y viviendo en el otro piso.
Mi duda es la siguiente: Al hacer el IRPF como vivienda habitual, cada uno de nosotros, ponemos en la que vivimos y estamos empadronados, pero sólo podemos desgravarnos, cada uno de nosotros, el 50% de la vivienda habitual.
¿Cómo podríamos hacer para conseguir desgravarnos el 100% de la vivienda habitual? ¿Tendríamos que ir al notario y hacer una venta cada uno de nosotros del 50% del piso que ocupa el otro? ¿Se podría entender como disolución de comunidad en lugar de una compra venta?¿O habría que hacer otros tramites diferentes?