Hola sonitag. Si el contrato continua en vigor, es decir, no vas a reclamar por un reconocimiento de deuda, cuando interpongas la demanda deberás solicitar los intereses por moral procesal(art 576 LEC).
a un cliente le adeuda el inquilino distintas cantidades por diversos meses de alquiler más gastos de comunidad, le vamos a reclamar la deuda pero no sé como calcular el interés legal del dinero, por favor necesito ayuda.