Lo que le he explicado, a efectos de trabajo para usted se resume en:
Una llamada telefónica a un arquitecto para preguntarle precio por hacer el plano de un trastero no incluido en la obra para legalizarlo. Puede hacer dos o tres llamadas si quieres comparar precios. Una vez lo elija el arquitecto se encargará del papeleo, usted solo tendrá que pagarle las tasas municipales que pueda haber y sus honorarios. Le acabará dando el plano y el documento.
Con ese plano y documentos su siguiente faena es ir a la notaria y decirles que quiere legalizar el trastero, y quiere que se lo den todo hecho, ya registrado. En la notaría le pedirán que les ingrese provisión de fondos, la llamarán para que cuando la escritura esté hecha vaya a firmar y ya está, a esperar a que el notario la llame para recoger la documentación.
Parece complicado si le explican el proceso, pero en realidad usted poco trabajo más tiene.
Otra opción es contratar los servicios de una gestoría para que se lo den todo hecho, pero supondrá pagar los honorarios de la gestoría solo para ahorrarse la llamada al arquitecto y la visita al notario.
Tienes que llamar a un arquitecto o arquitecto técnico, pide presupuestos. El arquitecto te hará el plano de ampliación de la casa, o sea le añadirá el trastero. Una vez tengas el documento del arquitecto tienes que ir al notario para que haga una escritura de ampliación de obra, pagar lo que corresponda (tasas e impuestos de la escritura aparte del gasto notarial), y llevar la escritura al registro de la propiedad de la finca para que inscriban el trastero (sí, también hay que pagar al registro).
Y ya lo tendrás hecho. Una vez esté hecha la escritura y la lleven al registro (esto el mismo notario te lo hace, la lleva a registrar), el catastro se actualiza solo, te llegará una carta del catastro conforme se ha actualizado la finca, ya que las notarías y/o registros informan al catastro de las escrituras de actualizaciones, o de compraventas y cambios de nombre de las fincas.
empiece por pedir cita en la oficina de Catastro que le corresponde, y exponga el caso.
Es posible que le sirva con que un técnico acredite y documente la existencia y la antigüedad aproximada del sótano,
Tambien es porque, segun dicen, las cias aseguradoras no cubren el siniestro que pueda ocurrir en una dependencia de la casa que no esté incluida en la referencia catastral.
NO tiene ninguna vivienda encima. Es una casa con planta baja y planta alta. Debajo de la planta baja se abrió un sótano habilitado como trastero, que es lo que ahora se intenta declarar oficialmente en el catastro.
Gracias por su ayuda, Veo. Pensaba ya que nadie iba a responder.
Casa VPO comprada hace 33 años en la que no figura un sótano-trastero construído 10 años después de la compra. Qué trámites oficiales se deben seguir para añadirlo al catastro oficial.
Gracias a quien pueda ayudar.