Tengo un guion para un relity show sobre futbolistas registrado en el registro de propiedad intelectual y acabo de enterarme de que una productora acaba de hacer este reality, cambiaron el nombre y alguna cosas por alli pero la ideea es la misma,le envie un mensaje por coreo y me contestaron que no son iguales y que su proyecto esta registrado antes que el mio, es posible que en el registro se puede registrar dos obras con el mismo contenido?son gente con mucho dinero y el proyecto esta mui avansado asi que ellos no puede parar y lo entiondo, pero yo que puedo hacer para obtener mis derechos de autor?y como luchar con toda esta gente que tiene mucho dinero, futbolistas mui famosos como padrinos y un banco mui fuerte detras?vivimos en un mundo donde el dinero manda y donde los valores umanos no existen y por dinero estan capases de pisar por ensima de todo.como soi nuevo en esto espero algun consejo de parte de todos que estais en este foro,gracias y que tengais mucha suerte!
habría que ver la obra que potegiste, puesto que hay algo muy importanhte que las ideas no se pueden proteger, este tipo de consultas es mu habitual en este foro por tanto vamos a explicar al detalle y con ejemplos el tema de que LAS IDEAS NO SE PUEDEN PROTEGER.
Las ideas en cuanto conceptos intangibles no pueden protegerse, sí su plasmación en algún soporte físico o tangible, es decir y hagámoslo mediante ejemplos, una página web que facilite la búsqueda de billetes baratos mediante un rastreo con las compañías aéreas no es protegible. Únicamente el contenido de dicha web sería protegible COMO PROPIEDAD INTELECTUAL, también el nombre del dominio y la marca de servicios a través de la cual se desee publicitarse comercialmente, pero la idea en sí como concepto abstracto no es protegible. Al margen de lo que es registrable según la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España en sus primeros artículos, la Ley de Competencia Desleal señala que "La imitación de prestaciones e iniciativas empresariales ajenas es libre, salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la Ley.", este artículo dispone en líneas generales que efectivamente el libre mercado es la que impide que alguien pueda apropiarse de un tipo de actividad o negocio, salvo que tenga la exclusiva, en este caso por ejemplo lo sería la que concede la patente de un invento, por ejemplo la fregona, cuya explotación durante 20 años desde su protección ha sido reservada a su inventor o a quien éste haya licenciado.
Lo mismo respecto a propiedad intelectual: una tesis, un estudio, dibujo, boceto, guión de película, libro o cuento son protegibles en cuanto al texto, nadie puede decir que por registrar un guión de una película sobre una temática concreta impida a un tercero hacer lo mismo, serán únicamente los personajes, sus nombres, el contenido original e inédito del largometraje lo que sí sea de explotación en exclusiva por el autor, con un periodo de prescipción a los 70 años desde su fallecimiento.
Espero haberte ayudado, si te has quedado con alguna duda.
En tu caso lo que sí se puede intentar (una vez haya examinado tu obra y la otra) es enviarles un requerimiento, que es una carta que escribiría mi despacho en representación tuya para requerirles a que contacte con nosotros y negociar una licencia o directamente que retiren la obra del mercado sin antes que tú les autorices. Pero para ello debería de ver la obra, eso sería lo primero.
Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas.
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