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Comité

5 Comentarios
 
27/12/2007 12:48
En el caso que cuentas (Gran Canaria) se produciría una vacante por despido disciplinario de una persona que forma parte del Comité, vacante que sería cubierta por los medios previstos en el ET y en las normas de funcionamiento del Comité de empresa...pero en ningún caso se estaría revocando al comité.

El único medio de revocación total del comité que conozco es el democrático que te indique en mi respuesta anterior.
27/12/2007 12:39
Esa es una forma, pero estoy buscando casos similares, y he leido una sentencia en la que se al presidente del comite de una empresa de Gran Canaria se le despidio por exceso en la libertad de expresion (por difamar al empresario, etc), el despido fue disciplinario. Logicamente el presidente del comité denuncio la empresa, pero la sentencia fue favorable al empresario.
Por eso quisiera saber si hay otras formas de revocar un comite, que no sean la convacion de unas votaciones para tal caso.
Gracias por vuestras respuestas.
27/12/2007 12:30
Art. 67.3 del ET

"La duración del mandato de los delegados de personal y de los miembros del comité de empresa será de cuatro años, entendiéndose que se mantendrán en funciones en el ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta tanto no se hubiesen promovido y celebrado nuevas elecciones.

Solamente podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del comité durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, mediante asamblea convocada al efecto a instancia de un tercio, como mínimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto.
No obstante, esta revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo, ni replantearse hasta transcurridos, por lo menos, seis meses."

Un saludo
27/12/2007 12:25
Gracias por tu respuesta, pero no me cuentas nada que no sepa, se que el caso que he expuesto es muy general y esta explicado, como ya digo, muy por encima, pero quisiera saber las distintas formas de poder sustituir o revocar a un comite de empresa.
26/12/2007 15:26
Me extraña que un comité que esté en total confrontación con la empresa abuse de las horas sindicales. También dices que hay constantes juicios por asuntos absurdos. Todo esto me suena a comité vendido. La función sindical del comité es ser la voz que os representa, la obligación de un comité de empresa es hacer lo que quieran los trabajadores, decir lo que los trabajadores digan, es decir un comité es una representación de todos los trabajadores ante la empresa, por lo tanto cualquier actuación que el comité pretenda lo debe decir a los trabajadores y someter a su veredicto. DEbe informar a todos los trabajadores de lo que la empresa pretende, de lo que se habla en las reuniones, etc... debe tener a los trabajadoes informados de todo y estos son los que deben decidir si se denuncia, se hace huelga,etc... Para finalizar, lo que quiero decir es que el correcto funcionamiento sindical es que los trabajadores deciden que hacer, que proponer o que medidas tomar y el comité es el que ejecuta como representante legal de éstos.
Comité
26/12/2007 13:25
Hola, tengo varias dudas y voy a exponer un caso.
En la empresa para la que trabajo existe un comite dese hace un par de años y su actuacion ha sido siempre la confrontacion con la direccion de la empresa, abusan de las horas sindicales, hay constantes juicios por asuntos en su mayoria por cosas absurdas, estan constantemente descalificando al empresario y difamandolo y hacen de todo excepto su funcion sindical. Los trabajadores se estan empezando a cansar del comité que supuestamente los representa.
Mas o menos (muy por encima) esta es la situacion. No quiero poner ninguna pregunta en concreto, pero me gustaria saber que se puede hacer para revocar el comité, o saber si se pueden despedir o algo para arreglar esta situacion.
Muchas Gracias.