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Comité de Empresa

4 Comentarios
 
Comité de empresa
17/05/2006 18:10
Qué pasaría si en nuestro comité, que han despedido a "dos" de los últimos delegados por expiración de su contrato (eran temporales) y los que están en lista de suplencia por el sindicato que se presentaron "no quieren suplirlos" ??
¿ Tendremos que celebrar de nuevo las elecciones ó podrá salir cualquiera de la lista de suplentes aunque no pertenezcan al sindicato de los 2 últimos despedidos ? ..... En el caso en el que por el motivo del despido de estos compañeros en el censo laboral no cumpliésemos con el total necesario para formar comité, que pasaría ?????????

Espero podáis aclararnos estas dudas.
Un saludo
18/05/2006 05:06
Hola, primero que si sus contratos han expirado, NO es despido, sino que han expirado. Cosa distinta sería que esos contratos fueran fraudulentos. A investigar toca.

El que los siguientes no quieran suplirlos, no tiene por que pasar nada, aparte de que normalmente se les suelen convencer de que es mejor estar dentro que fuera. También hay que tener presente que tipo de contratación tiene lso siguientes de la lista y todo eso, pues el miedo es muy libre.

En caso de dimisiones de delegados de personal (menos 50 trabajadores) si lo hubiese entra automaticamente el siguiente más votado (sea del sidicato que sea), y en caso de dimisiones de miembros de comités (más 50 trabajadores) entra el siguiente de la misma lista a la que pertenezca el que dimite, revoca, se va, etc. Y aunque no lo tengo muy contrastado, entiendo que si no quedasen nadie de la misma lista del que dimite, se tendría que promover elecciones parciales. Lo que pasa es que en estos casos (al menos por mi zona y sector y me consta que no es único) suele darse bastante el pasteleo (política les llaman algunos) entre la empresa y el secretario del sindicato de turno, para que en casos de ceses y aun sobrepasando los 4 años de mandato, no se mueva nada. Incluso si hace falta hacen frente común (y escenas de celos) contra los intrusos.
19/05/2006 08:52
Correcto A.M. expiración no es despido.. pues bueno entonces si desde la lista en la que se niegan presentarse como posibles suplentes no fuera posible rescatar a los dos candidatos de los que se expiró su contrato de trabajo....podríamos tirar de la lista del otro sindicato representativo ?? me temia que me dijeras elecciones parciales....

Gracias y un saludo.
19/05/2006 12:04
Y otra cuestión A.M.

Si tras la expiración de contrato de estos compañeros el censo laboral no cumple con el mínimo exigible para formar comité 50+1... habiéndose ya formado el mismo, como procede la situación??? El tema es que el comité estaba contituido y a raiz de la finalización de una serie de contratos han caido 2 miembros del comité, a partir de aqui surge la duda.
20/05/2006 23:15
Bueno, algo complicadote si que me lo pones. Por partes, para la composición del comité (5 miembros) se necesita un mínimo de 50 trabajadores. En caso de reducción de plantilla, en principio, debería reducirse en igual proporción.

Sí actualmente habéis 49 o menos trabajadores, en principio, son 3 delegados de personal. Todo lo digo con las máximas reservas, pues no es una decisión que se pueda tomar unilateralmente. Quien mejor te puede sacar de estas dudas es el sindicato, pues aparte de que es el pan nuestro de cada día de ellos, tendrán conocimiento real del sector, de la empresa y del comité en concreto.

Posiblemente esto se resuelva con el pasteleo, que este a fin de cuentas es como el colesterol, osea que no todo el pasteleo tiene por que ser malo.

Y desde la lejanía como no puede ser de otra manera, me atrevería a decir que podría ser que al final os quedéis 3 delegados/as (49 o menos trabajadores) y remodelar el funcionamiento interno/externo del “comité”.

En cuanto a lo de tirar de la otra lista representativa, la verdad que es algo que no lo tengo nada claro. No sé si habrá algún convenio o pacto colectivo que lo regule, y si sería legal. No lo sé.

Como ves, esto puede dar para mucho, a ver si alguien más se anima a aportar su punto de vista.