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Comité de empresa

6 Comentarios
 
Comité de empresa
20/01/2025 15:40
Hola, me gustaría saber si hay un número mínimo de miembros para el funcionamiento del Comité de Empresa. A la empresa referida, le corresponden 5 miembros, de los cuales presentaron dimisión 4. Pero la dirección de la empresa nos dice que es totalmente legal que el comité siga funcionando con normalidad con un solo miembro. Esto es así? Gracias. Un Saludo
20/01/2025 15:47
Si dimiten 4 tienen que pasar los siguientes de las listas o candidaturas en el mismo número de delegados de cada candidatura, me explicó, pongamos por caso que esos 4 que han dimitido pongamos que son 2 de UGT, 1 de CCOO y 1 de USO, pues deberán pasar los siguientes de las candidaturas, 2 de UGT, 1 de CCOO y 1 de USO.
20/01/2025 16:01
Por otra parte y como suele ser habitual la empresa miente, no digo que no lo sepa, lo saben pero quieren mangonear, porqué sino dimiten 4 y no entran los suplentes?
Bien, para la celebración de reuniones del Comité de Empresa debe haber QUÓRUM, qué es esto? Pues que para que haya quórum se necesita la Presencia del Presidente del Comité de Empresa, del Secretario del Comité de Empresa y de la mitad más 1 de los miembros, por tanto en un Comite de Empresa de 5 miembros deben estar presente el Presidente, el Secretario, (o en su caso, si los hubiese, el Vicepresidente y el subsecretario del Comité, en ausencia de los 2 anteriores), y 1 más del resto de los miembros del Comité de Empresa.
Con un sólo delegado que no dimite seguramente porque esta casado con la empresa mal vamos.
smo
20/01/2025 16:24
Jamgrrhh28
Hola, muchas gracias por las respuestas. Se me olvidó ponerlo antes. El Comité se constituyó mediante elecciones presentadas por grupo de trabajadores, sin presencia sindical. Y por otro lado, tampoco hay suplentes, es decir, solo estaban los 5 miembros.
Y claro, ahí está el quid de la cuestión, que el miembro que queda, digámoslo suavemente, siempre va bajo cuerda de la empresa.
Y como digo, la empresa nos dice que no se necesita quórum, que con ese miembro es perfectamente legal, cosa que me no me cuadraba mucho…
20/01/2025 17:00
Claro, la empresa qué va a decir?
Dígales usted que porqué no le dicen eso mismo a la inspección de trabajo?
El problema es que si dimitieron 4 y no hay nadie más hay que convocar elecciones parciales para cubrir los puestos que faltan y no se si serán ustedes capaces a conseguir 4 trabajadores que quieran el cargo.
20/01/2025 19:42
Jamgrrhh28
Pues si, va a ser difícil que alguien quiera formar parte del comité. Pero entiendo, que si no se consiguiera suplir las plazas vacantes para el comité, ese único miembro no tendría potestad para llegar a acuerdos con la empresa en representación de los trabajadores? O si?
20/01/2025 20:42
No, si no hay quórum las decisiones que tome el Comité de Empresa no son válidas.