Con 60 trabajadores se puede constituir un Comité de Empresa al que le corresponderían 5 representantes.
Cualquier Sindicato legalmente constituido o un grupo de trabajadores que reúnan el triple de firmas que puestos a cubrir pueden presentar candidaturas en las Elecciones Sindicales.
Sólo pueden ser promotores los siguientes:
- Sindicatos más representativos, a nivel estatal son los que ostenten una representatividad superior al 10% del número de delegados (CC.OO. y U.G.T.), y a nivel de CC.AA. los que ostenten el 15% de delegados con un mínimo de 1.500. (CC.OO.y U.G.T. en la mayoría y ELA-STV y LAB en Euskadi y CIGA en Galicia).
- Los Sindicatos que hayan obtenido el 10 % en una provincia o ámbito electoral.
- Los sindicatos que hayan obtenido al menos el 10% de representantes en la empresa o en la unidad electoral de que se trate.
- Los trabajadores de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario. En este caso, el preaviso de elecciones debe adjuntarse el acta de la reunión, firmada por los asistentes, en la cual conste el numero de convocados y de asistentes y el resultado de la votación.
En mi opinión, lo mejor es dirigirse a los Sindicatos más representativos de vuestro sector y ellos se encargarán de convocar las Elecciones. Sin perjuicio de las candidaturas que se puedan presentar durante el proceso.
hola. somos una empresa, de unos 60 trabajadores. no tenemos representantes sindicales y estamos pensando en realizar elecciones y crear comité. Mi pregunta es ¿como se formaliza esto, que pasos hay que realizar? ¿Por medio de un sindicato? ¿Se lo comentamos antes a dirección?
Gracias por vuestros comentarios.