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Comisiones en cuenta bancaria para hipoteca.

7 Comentarios
 
18/01/2023 11:33
Buenos dias, como les dije paso a explicarles colo ha terminado esto:
Hice la reclamación al departamento correspondiente del Banco Sabadell alegando que mi hipoteca es anterior a 2013 y la cuenta esta asociada a ella por lo que lo debe tener gastos ni comisiones o intereses. Ademas el codigo de buenas practicas al que su banco está adherido, prohibe las comisiones de descubierto por gastos propios del banco.
Aun no he recibido la respuesta escrita, pero de momento me han ingresado 4 trimestres de intereses y dos comisiones de descubierto, osea que tengo razón.
Gracias por su colaboración.
28/12/2022 11:05
Exacto, eso habia leido. Mi hipoteca es de 2008, pero el banco ha cambiado de nombre 3 veces en sucesivas absorciones. Tambien se ha modificado la hipoteca con nueva escritura, pero en la misma cuenta por lo que les mandaré una carta certificada a ver por donde me salen. Publicaré su respuesta, muchas gracias.
28/12/2022 11:03
Muy valioso tu apunte, Pepe123. Gracias por el enlace.
27/12/2022 19:47
Segun este enlace de Banco de España, en hipotecas antiguas, si la cuenta solo se usa, por imposición del banco, para pagar la hipoteca, no pueden cobrar comisiones.

https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/Comisiones_de_m_ac714e667f08361.html
27/12/2022 11:57
Muchas gracias. Una vez les pregunté de donde venían esas cantidades y me dijeron que por cada apunte en cuenta cobraban ademas de la comision trimestral. No cumplo requisitos para la cuenta basica, asj que tendré que pagar esos cobros.
Muy amable.
27/12/2022 11:52
Ya que estamos, le copio parte del art. 4 de la Orden:

1. Por la prestación de la totalidad de los servicios incluidos en la cuenta de pago básica la entidad no podrá cobrar ninguna comisión, ni repercutir costes o cargar gastos al cliente, salvo lo previsto en este artículo.

2. La entidad podrá cobrar mensualmente al cliente una comisión máxima, única y conjunta no superior a 3 euros por la prestación de los siguientes servicios:

a) apertura, utilización y cierre de cuenta.

b) depósito de fondos en efectivo en euros.

c) retiradas de dinero en efectivo en euros en las oficinas o cajeros automáticos de la entidad situados en España o en otros Estados miembros de la Unión Europea.

d) operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea en la Unión Europea.

e) hasta 120 operaciones de pago anuales en euros dentro de la Unión Europea consistentes en pagos realizados en ejecución de adeudos domiciliados y transferencias, incluidos los pagos realizados en ejecución de órdenes de transferencia permanentes, en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando ésta disponga de ellos.

3. Las comisiones o gastos por las operaciones que excedan de cada una de las cuantías señaladas en el del apartado 2.e) no podrán ser superiores en cómputo anual a las comisiones o gastos medios que aplique la entidad para cada tipo de operación. Estas comisiones o gastos medios serán publicados trimestralmente por el Banco de España.


Por otra parte, debe usted saber que si su cuenta hoy día no es de pago básica, siempre está usted a tiempo de solicitar que se convierta en una, art. 9:

"El servicio de traslado de cuenta de pago entre distintos proveedores de servicios de pago que operen en España, o dentro del mismo proveedor, será iniciado por el proveedor de servicios de pago receptor a petición expresa del cliente y tendrá carácter gratuito para éste y para el proveedor de servicios de pago receptor. "
27/12/2022 11:43
El cobro de comisiones es libre, salvo que una ley imponga lo contrario, como puede ser por ejemplo en el caso de la cancelación anticipada de una hipoteca.

Acorde con las buenas prácticas bancarias, el banco no puede cargar comisiones e intereses por el descubierto cuya única causa sea el cargo de comisiones en la cuenta ¿su Banco está adherido al Código de buenas Prácticas?

Según el Banco de España, en el caso de la comisión por administración, o por mantenimiento (son dos comisiones diferentes), de la cuenta no hay limitación por lo que cada entidad puede establecer la comisión que decida.

Existe una excepción y es en la cuenta del tipo “cuenta de pago básica”. En este tipo de cuentas existe un limite de hasta 120 operaciones al año que se encuentran incluidas en el importe máximo de 3 euros al mes según la limitación establecida en la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero. Esta cuenta es gratuita para ciertos colectivos, como los vulnerables, y se considera vulnerable quien no supere ciertos ingresos y no tenga otros inmuebles aparte de su vivienda habitual, ni participaciones en sociedades.

El Banco de España tiene un comparador de comisiones bancarias, puede usted comprobar cuáles publica su entidad en:

https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/el-comparador-del-banco-de-espana-te-permite-comprobar-las-comisiones-precios-de-las-cuentas.html
Comisiones en cuenta bancaria para hipoteca.
27/12/2022 00:52
Buenos días, tengo una cuenta bancaria donde solo tengo los pagos de la hipoteca y derivados de la misma. Cada 3 meses me cargan cerca de 60€ en "intereses y/o comisiones". Como nunca hay saldo lo ponen en negativo y después me cobraban 28€ por descubierto. Como ya me cansé he conseguido que me devuelvan estos últimos. Mi pregunta es si pueden cobrarme esas comisiones o intereses. He leído que en una cuenta donde solo se paga la hipoteca no pueden cobrar nada. No se si es cierto o está actualizado y me gustaría saber, en caso de que sea así, con que argumento puedo pedir su devolución. Muchas gracias.