Supongo que la comisión de subrogación estaría ya descrita en el préstamo hipotecario original. Es de lo más habitual en muchos bancos. El seguro de vida es una condición que imponen muchos bancos como garantía de la deuda. Si no te interesa puedes ir a otro banco, que en la misma operación cancele esa deuda hipotecaria (solo cobrarán si tiene comisiones de amortización anticipada) y establezca una nueva hipoteca.
Lo primero, agradeceros el tiempo que me dedicáis a la lectura de la consulta. Intentaré ser lo más breve y claro posible.
En 2004 adquirí mi vivienda habitual suscribiendo una hipoteca con mi pareja al 50% cada uno.
En 2013, me divorcié.
Hace un par de meses adquirí el 100% de dicha vivienda, mediante subrogación del otro 50% de la hipoteca que pertenecía a mi ex-. Esta operación la hice con la misma entidad bancaria con la que los dos abrimos la hipoteca en 2004.
Es decir: en Escritura Pública consta un cambio de titularidad al asumir la situación hipotecaria de mi ex-, continuando con el mismo banco.
Asímismo, la entidad financiera accedió al cambio de la fecha de vencimiento de la hipoteca del 2034 al 2040 para reducir un poco la cuota mensual.
Comentar también que en este banco sólo tengo la hipoteca, no existiendo ninguna otra vinculación (nómina, domiciliaciones, etc.).
Hasta aquí, creo que todo bien.
Pero tras la firma de las correspondientes Escrituras, me encuentro con que el banco me quiere cobrar una comisión del 1,50% por la subrogación, así como imponerme un seguro de vida de 1400 euros anuales.
Ante esta situación, ¿qué acciones puedo emprender?
¿Cómo me puedo defender ante estas cláusulas que me parecen abusivas?
Existe algún organismo, público o privado, al que recurrir para ejercer mis derechos de defensa?