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Comedor escolar ¿se puede cancelar unilateralmente?

4 Comentarios
 
Comedor escolar ¿se puede cancelar unilateralmente?
12/01/2024 17:27
Hola a todos. Y gracias de antemano por vuestra ayuda.

Soy padre separado, no custodio. Mi hijo acude al comedor escolar por necesidades laborales tanto de su madre como mías.

El caso es que su madre me está reclamando el importe de la mitad de los gastos del comedor (por lo que tengo entendido estos gastos están incluidos en la pensión alimenticia ¿me equivoco?) bajo amenaza de cancelar el comedor los días que me toca a mí recogerlo del cole, ya que el horario de mi régimen de visitas comprende desde la salida del cole hasta las 19:00 horas.

Mi duda es, ¿Puede el progenitor custodio (su madre) decidir unilateralmente sacar al menor del comedor estos días?

Gracias de nuevo por vuestra ayuda.

Saludos.
12/01/2024 19:19
No es que ella unilateralmente saque al niño del comedor tus días es que si no pagas esos días en horario que el niño es tu responsabilidad el comedor sencillamente no le dejarán estar y mucho menos le darán de comer.
Si tu convenido regulador dice que en tus días lo tienes que recoger a la salida del colegio tienes dos opciones, o lo recoges y le das de comer donde consideres oportuno o lo dejas en el comedor abonando tú esos días por qué es tu tiempo y tú responsabilidad.
La pensión que pagas no cubre nada de el tiempo que tu eres responsable del niño. Por esa regla podrías decir incluso que la merienda en un tus tardes, ( en un bar, por ejemplo), la tiene que pagar la madre de la pensión. Absurdo verdad? pues exactamente igual con la comida del mediodía en tu tiempo.
15/01/2024 08:32
Si no las estás pagando no tiene por qué pagarlas ella porque te venga bien a ti, lo normal es que esos días lo pagues tú, o lo paguéis a medias, porque también te beneficias. La salida del cole es la salida del cole, si no va (y puede cancelarlo si se incluye en la pensión de alimentos) te tocará recogerlo y darle de comer tú. Tú verás lo que te interesa.
16/01/2024 06:52
Gracias por vuestra ayuda. Pensaba que el comedor siempre estaría incluido en la pensión de alimentos.

Saludos.
16/01/2024 08:55
Está incluido en la pensión, claro, siempre si es tiempo que "pertenece" al custodio, que suele ser lo habitual cuando uno es el custodio. Pero no tiene obligación alguna de llevarlo a comedor, puede darle de comer en casa si quiere, no le puede imponer eso el no custodio. Si en cambio ese tiempo se considera de visita con el no custodio, o el comedor es interés del no custodio o de ambos, pues lo tendrá que sufragar el que se beneficie y se ahorraría darle de comer en casa si no hubiera comedor.