Hola. Con el nuevo Reglamento, que entrará en vigor el 30 de junio, los progenitores de españoles tendrán derecho a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, siempre y cuando el menor dependa económicamente del progenitor. Puede revisar el Reglamento, fue publicado en el BOE del 30 de abril de 2011.
Gracias CondedeCartagena por contestar, pero la duda queda en el sentido, que hay que esperar que el niño sea español? porque mientras se le tramita su presunción de la nacionalidad española, - segun has dicho....los progenitores de españoles....
Gracias Conde
Ah Conde disculpa, se me pasaba preguntarte algo, hay que esperar UN año para iniciar la presunción de la nacionalidad? o se puede iniciar desde ya. Saludos