la duda es la siguiente: en un acomunidad de vecinos en la que uno de los propietarios representa un 60%, dice que está de acuerdo en cambiar el tejado, pero solo la uralita, no estando de acuerdo en poner teja y no queriendo por ende sufragar la misma. ¿a pesar de que dicho edificio nunca tuvo teja (solo uralita), se podría considerar como necesario y no mejora la colocacion de teja para su adecuada conservacion?
otra cuestion es: si este señor que represetna el 60% se opone a arreglar el tejado (que filtra agua a las viviendas superiores)se le podría obligar no obstante a sufragar dicho arreglo?. muchas gracias