No todas las Comunidaddes son iguales. En unas se tolera lo que se prohibe en otras.
Habría una posible solución, colocando las persianas (tipo corredera) en el interior trás las cristaleras. Eso no afectaría a la fachada.
Hola a todos, en primer lugar felicidades por este foro que ayuda de maravilla y está muy bien desarrollado. Me gustaría hacer una consulta a ver si podríais echarme una mano. Vivimos en un edificio donde los salones tienen grandes cierres a la calle, sin persianas (venían así de construcción). Hay pisos en los que están estos cierres de pvc y otros en que no. Varios de los que tenemos cierres (no todos) hemos solicitado a la comunidad instalar persianas en los mismos para evitar el sol que nos da de lleno durante casi todo el día y tenemos que tener gruesas cortinas y echadas. He consultado al respecto y es obligatorio obtener la autorización de la comunidad,y, claro está, no la tenemos, ya que alegan que alteraría la fachada. Sin embargo, he podido leer por ahí que si hay precedentes de reformas (por ej. vecinos que han colocado aires acondicionados, que han cambiado los crsitales de los cierres a otros más oscuros, que han colocado toldos, que han cambiado los cierres de tres hojas de cristales a dos, etc) y la comunidad no ha expresado nada en contra, no podrían demandarnos por colocar las fachadas, es esto así? Existe algún precepto jurisprudencial que lo sostenga? Muchas gracias de antemano por la ayuda.