Se puede colocar un ascensor por el patio de luces? y en su caso es necesaria la unanimidad de todos los vecinos aun teniendo los 3/5 de votos a favor y cuotas.
Donde se puede encontrar legislacion sobre el tema.
Para la instalación del ascensor es suficiente con el voto a favor de las 3/5 partes de propietarios que representen a su vez las tres quintas partes de cuotas de participacion.
Supongo que siempre que el ayuntamiento conceda la licencia para realizar la obra por el patio de luces es una obra perfectamente valida.
Respecto a legislación sobre ascensores te remito a lo expuesto en el mensaje titulado instalacion de ascensor cuyo autor es Pablo Alonso.
Ojo! Si no estas de acuerdo con la obra y no es una obra necesaria (normalmente se entiende así cuando en el edificio no hay minusválidos o mayores de 70 años), entonces si sobrepasa tres cuotas y has votado en contra en Junta, no tienes porque pagar, deberían pagar la instalación del ascensor solo los que han votado a favor.