Gracias foro-abogados por su interés en mi pregunta.
Soy de la Comunidad Valenciana y después de leer su respuesto he buscado la normativa autónoma en este sentido y por lo que deduzco, al igual que en Andalucia, también puede cogerse, puesto que tampoco se incluye como especie protegida, añadiendo obviamente que no se encuentren en espacio protegido.
Era una duda que me transmitieron, personalmente cuando voy al campo me gusta disfrutar de la naturaleza en su esencia sin alterar el más mínimo detalle.
Gracias de nuevo
Gracias de nuevo
Pues dependerá de la normativa de la comunidad autónoma. En el caso de Andalucía la respuesta es afirmativa - con carácter general, luego hay que ver si se trata de un espacio protegido, en su caso grado de reserva, etc... -
art. 31.2 de la Ley 8/2003:
No requiere autorización administrativa la recogida esporádica en pequeñas cantidades de ejemplares de especies silvestres de invertebrados, plantas y hongos en los lugares y fechas tradicionales, siempre que la misma no entrañe riesgo de desaparición local de la especie.
Obviamente el artículo es extensible a las setas, caracoles, aromáticas, etc...
Hola a tod@s,
MI pregunta es si se puede ir al monte y coger espárragos, entendiendo siempre que no sea propiedad privada y sin ánimo de venderlos
Gracias por atenderme