Efectivamente, el mismo.
Lo calcula el promotor del inmueble. Normalmente el aparejador, en base a dimensiones, susceptibles de división horizontal, alturas, orientaciones, accesos y otros parámetros. Los inscriben en el titulo constitutivo, registrando en el Registro de la propiedad, protocolizado por notario. El mismo titulo puede contener estatutos, con salvedades. Todo se anota en un libro en el Registro, y su contenido es publico. Ud puede solicitar una certificación y se la otorgan previo pago de tasa.
Gracias por responder, ahora mi duda es la siguiente:
En mis escrituras pone, cuota de participación en elementos comunes ,"A" % y cuota de participación en el grupo, "B" %.
¿A que puede referirse esto?. A es mayor que B.
Una cuota puede ser para la totalidad del inmueble, exceptuando el portal. Otra para gastos de portal escalera, y servicios del mismo.
Normalmente los locales están exentos de portal si no tiene acceso al mismo, por tanto no utilizan sus servicios.