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codigo

3 Comentarios
 
16/02/2006 11:23
muy agradecido.zandru y angel
16/02/2006 08:31
Un caso para utilizar un número de cuenta de cotización secundario son los contratos en formación, que cotizan de una forma particular.
15/02/2006 21:01
creo que te refieres a los colectivos que tienen cierta speculiaridades en materia de actos de encuadramiento, cotización y recaudación, pero sin que afecte a la acción protectora. Actualmente solo hay "sistemas especiales" dentro del régimen gral y son para:

- Trabajadores portuarios
- Industria resinera
- Servicios extraordinarios de la industria de hostelería
- Manipulado y empaquetado de tomate fresco realizado por cosecheros exportadores.
- Trabajadores fijos discontinuos (cinematográfica, salas baile, discotecas y salas de fiestas).
- Trabajadores fijos discontinuos (empresas estudios de mercado y opinión pública).
- Sistemas Especiales de frutas y hortalizas e industria de conservas vegetales.

Cada empresa tiene un ccc principal y puedes tener varios secundarios (uno por ada una de las provincias donde ejerza actividad, así como en determinados supuestos en que sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización)

si se va a hacer alguna gestión sobre algun trabaador inclido en los sistemas especiales que te puse arriba, se deberá utilizar el secundario asignado a ese colectivo.

salvo mejor opinión
Codigo
15/02/2006 20:20
He leido en la seguridad social que alas empresas se le da un numero codigo cuenta cotizacion principal y tambien uno secundario en caso de que tenga algun colectivo con peculiaridad de cotizacion y mi pregunta es ¿que colectivos tienen peculiaridad de cotizacion. y en este casoque numero debe llevar el trabajador el principal o el secundario.me pueden eplicar algo sobre este tema