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Codeudor hipoteca.

9 Comentarios
 
Codeudor hipoteca.
31/08/2009 12:09
El tema es el siguiente:

Dos codeudores de una hipoteca. Eran pareja y al finiquitar la relación verbalmente acordaron que ella se haría cargo del pago. Si bien posteriormente se formalizo ese acuerdo en escritura pública por el cual ella le compraba al otro copropietario su parte mediante subrogación de hipoteca, cosa que ella nunca formalizo con el banco. Ella ha dejado de pagar y ahora el banco les ha ofrecido cancelacion de la hipoteca mediante dación en pago del piso. Ella no quiere firmar ya que alguien le ha dicho que si se ejecuta, hasta pasado un año mas o menos no la echan del piso, dice que así tiene un año de piso gratis y se la ejecutan le da igual ya que trabajo en negro sin estar contratada.
El marron lo tiene el otro codeudor que si trabaja legalmente.

¿que acción puede ejercer este codeudor antes que el banco ejecute?

Gracias.
31/08/2009 13:12
Pero y qué más le da que se ejecute si el piso ya no es suyo. De hecho, si llega para cancelar la hipoteca pues mejor.
31/08/2009 13:23
es q esa es mi duda. La escritura en la que ella le compraba su parte a él mediante subrogación en la hipoteca, dicha subrogación nunca se formalizó en escritua con la entidad bancaria. A efectos del banco el sigue siendo deudor y propietario, entiendo, ya que la parte compradora no formalizo la subrogación con el banco.
31/08/2009 13:33
Pero vamos a ver, cuales fueron la condiciones de la CV? Supongo que no hubo subrogación, sino que se retuvo el precio para pagar la hipoteca, no?

En cualquier caso la ejecución de la hipoteca no afecta a quien no es dueño de la finca. Si se ha hecho como digo yo, él está liberado. Si se ha hecho una subrogación, y no intervino el banco, la misma es nula, por lo que responde también de la obligación personal. Es decir que una vez subastada la casa, tendrá que pagar lo que falta, si es que falta algo. En cualquier caso no veo, cómo la subasta le puede perjudicar...
31/08/2009 16:34
le afectara en el caso que con la ejecucion no se cubra el total de la deuda con intereses y costas, a quien irán mediante embargo de la nomina será él.
31/08/2009 17:04
Pues eso, pero que la deuda será menos con el dinero que reporte la vivienda. Lo que no entiendo es cómo el notario autorizó esa subrogación sin el banco...y de hecho habría que ver su responsabilidad.
31/08/2009 19:48
a ver si es como lo veo yo... o estoy equivocado:
1.Pareja copropietaria de un piso, codeudora hipotecaria. Extinguen condominio en escritura publica y ella se obliga en este acto a hacerse cargo de todos los pagos, asumiendo la hipoteca y "liberando" al otro de esta carga.
2. Ella (y él, mal asesorado, creo) pasan del tema y no negocian PRIMERO con el banco SI AUTORIZA la sibrogación y/o novación de la escritura de hipoteca, para formalizarlo todo en el mismo acto (extinción de condominio y novación) Él, se mire por donde se mire, sigue todavía como deudor, y al banco se trae al pairo que ya no sea propietario del inmueble..
01/09/2009 10:59
exacto
15/09/2009 19:13
Os transcribo textualmente:

a) Tres mil ochocientos euros (3.000.-€) se pagana en este acto, mediante entrega que la compradora hace en mi presencia, al vendedor en dinero efectivo, de cuya cantidad se firma completa y eficaz carta de pago.

b) Y la restante cantidad de ****, la retiene en su poder la compradora para hacer frente al pago del tercio imputable al vendedor del principal dispuesto al día de hoy del crédito garantizado con la hipoteca antedicha y que ha quedado relacionado en el apartado CARGAS.

SUBROGACION. Como ha quedado indicado, la compradora ha retenido la cantidad indicada en el precedente apartado b) para hacer frente del tercio imputable a dicho vendedor del principal dispuesto en el día de hoy del crédito hipotecario pendiente de amortización y recayente sobre la participación de finca objeto de la presente e indicado en el anterior apartado cargas, en cuya condición de parte acreditada e hipotecante se subroga integramente y sin reserva ni condición, asumiendo la obligación real dimanante.

16/09/2009 09:29
Pues lo dicho 118 de la ley hipotecaria...