Si hacéis una división de la cosa común sí, claro. Cada uno deberá compensar al otro por la mitad del precio del coche (actual) que se atribuya en la extinción del condominio. Si hubiera sido en el divorcio habría sido igual, solo que al no haberse incluido (en el divorcio es gratuito), al dividir la cosa común tocará pagar el impuesto de AJD, sobre el valor de cada vehículo (debe hacerse una extinción de condominio de cada vehículo por separado).
Estén a nombre de quien estén son de ambos si se compraron en gananciales, aunque las multas llegarán a quien estén a su nombre. Lo lógico sería haberlos repartido también en el divorcio, si no la cosa se complica. No puedes evitar que lleve el otro coche (y viceversa) aunque tampoco que algún día fueras tú y lo cogieras sin más, si tienes llaves. Si la relación fuera normal lo lógico sería ir a tráfico y poner cada uno a nombre del que lo lleva, sin mayor complicación, si no siempre se puede hacer por demanda de división de la cosa común.
Buenos días siguiendo con los hilos y que lo he comentado en otras ocasiones resulta de que mi ex se quedó con un coche y yo con otro.Hemos llegado a un punto de que tenemos que hablar a través de burofax. El coche que yo llevo está a nombre de ella y el coche que ella lleva está nombre mío¿ cómo puedo reclamar mi coche?