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Coche y moto abandonados en mi garaje privado

4 Comentarios
 
Coche y moto abandonados en mi garaje privado
03/10/2021 23:33
Buenos días. Estoy desesperado ya que nadie en 3 años me ha podido ayudar. Alquilé a una persona mi garaje doble cerrado privado y aparcaba su moto y coche. Dejó de pagar al segundo mes. 15 meses después denuncié y gané. El juez dictó que tenía que pagarme lo debido y mandó a un secretario judicial y a un cerrajero para cambiar la cerradura. Lo hicieron y me dieron la llave para que el alquilado no pudiese entrar. El juez dictó que se llevaría a cabo el cambio de cerradura para octubre del 2018. Así fue. Pero llevo 3 años que con el documento del juzgado que me dieron diciendo que había ganado, y que las costas eran para la otra persona, sigo teniendo 3 años después los vehículos suyos dentro y ni el juzgado ni la DGT ni ayuntamiento me saben decir que hacer. La persona dueña de los vehículos está desaparecida, ya que se cambió de ciudad, y los vehículos los conducía ella pero están a nombre de su marido fallecido hace años.
El caso es que en la resolución del caso solo pone que he ganado, que me pague lo de ido, y han cambiado la cerradura el secretario y me han dado la llave, pero no pone que retire los coches ni que puedo hacer yo. Puedo llamar a una grúa y que se los lleve aunque la pagué yo?
En el juzgado me dice que el abogado mío me lo tiene que decir, mi abogado que la procuradora, la procuradora que la DGT y la DGT que el ayuntamiento. He contactado con todos y se pasan la pelota. Ufffff.
Por favor ayuda.
04/10/2021 09:50
Yo creo que en este caso debe aplicarse el art. 610 del Código Civil, a cuyo tenor:
"Se ADQUIEREN por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto Y LAS COSAS MUEBLES ABANDONADAS."
En su caso yo creo que ese coche y esa moto han sido abandonadas. El antiguo dueño sabe que son (eran) suyas, pero las ha abandonado en el garage por las razones que sean.
Por lo tanto ahora el dueño es usted, y digo dueño, no poseedor. Por tanto puede hacer con esos bienes lo que le venga en gana, incluso venderlos.
De todas formas vamos a esperar a que se pase Hoplon por aquí a ver cual es su opinión.
04/10/2021 09:59
leonjbr
Muchas gracias, esperaré como usted dice a ver que comenta. Gracias por su comentario de verdad. Es un caso desesperante ya que afecta incluso ya psicológicamente el no saber que hacer ya. Muchas gracias.
04/10/2021 10:50
Los bienes muebles que el inquilino no retira en el lanzamiento se consideran, como dice Leonjbr, abandonados: art. 703 LEC.

Mi consejo es que alquile una grua y los deje en la vía pública, bien estacionados; pasarán a ser problema del ayuntamiento.

Hay trámite también para que usted los ponga a su nombre, pero salvo que sean vehículos de muy alta gama no creo que los gastos le compensen.
04/10/2021 13:32
Muchísimas gracias. Es un alivio. Me pondré a ello. Gracias gracias gracias.