El tema es el siguiente:
En la empresa de Bélgica en la que trabaja mi novio habían sustraido un BMW hace un tiempo y el coche apareció en España, en Toledo. Puesto que mi novio es español, coincidiendo con sus vacaciones su empresa le comentó que aprovechara y se acercara a Toledo a averiguar estado del coche y demás. Mi novio fue con su padre y éste deijo que si a la empresa no le importaba él pagaba el depósito para que una vez se solucionaran los emas burocráticos el coche pasara a su propiedad, vamos que se lo quiso comprar a la empresa. La empresa no le puso ninguna pega pero los trámites los tiene que hacer él. Esto ya fue en el mes de abril, en el mes de mayo mi suegro pagó los gastos de depósito y con una autorización de la empresa se llevó el coche a su domicilio para seguir allí en depósito a la espera de decisión judicial. La Guardia Civil le comentó que si el coche fuese español no habría problema para llevarlo conduciéndo él el coche, pero como el coche es extranjero tendría que trasladarlo una grúa. Mi pregunta es si mi suegro que tiene el coche en depósito en su domicilio con autorización por escrito de la empresa ¿puede conducir el vehículo o tiene que esperar a que haya una resolución judicial? Pues como os digo el coche fue robado y apareció en España con matrículas españolas falsas. La empresa en su momento denunció el robo, pero no han presentado cargos de ningún tipo, ni se han presonado como acusación particular ni nada. Sólo quieren recuperar el vehículo que es de su propiedad para proceder a hacer la transferencia y demás burocracia a nombre de mi suegro.
Mucha gracias por su atención