Me gustaria saber si esta regulado de alguna manera el uso de furgonetas o coches de empresa para trasladarse de un centro de trabajo a otro. Ese es mi caso y es una cuestion que se hace a diario y que es una obligacion. Hacemos un mantenimiento preventivo y correctivo de una maquinas que se encuentran en dos lugares diferentes de madrid. La pregunta es, ¿estaria la empresa obligada a compensarnos economicamente por el uso de nuestro carnet de conducir para efectuar este servicio?,¿podemos nosotros negarnos a usar el coche de empresa por no percibir ninguna compensacion?,¿podriamos pedir hacer los traslados en taxi o con un chofer de la empresa? Muchas gracias
¿podrias explicarme porque llobu? ¿que significa que es lo normal? lo normal no es siempre lo correcto y quiero saber porque tengo que ofrecer mi carnet a la empresa de manera gratuita. Mi puesto es ese pero la mayoria de mis compañeros no tienen que utilizar ningun coche de empresa. Esto se da solo en el puesto que yo ocupo. Gracias
Un técnico de mantenimiento, lo habitual dentro de su trabajo es que tenga que desplazarse, y para ello dispone de un vehículo de empresa, no le lleva un chofer profesional ni un taxista (en serio, me asombran tales pretensiones).
Si estás contratado para hacer el mantenimiento de máquinas en dos centros de trabajo de tu empresa, tendrás que desplazarte de un centro a otro.
Para mi es normal que la situación sea esa, dentro de tu sueldo entra hacer ese desplazamiento, a no ser que me haya perdido alguna peculiaridad a la hora de contratarte a ti.
Yo la verdad es que tampoco veo donde está el problema, la verdad. Otra cosa es que te obligaran a utilizar tu coche.
Pero eso de poner tu carnet de conducir a disposición de la empresa, como si hablaras de algun carnet especial...
SALUDOS.
vamos a ver..TU carnet te lo pagas tu, no? si tienes la mala suerte de recibir una multa, quien la paga? a quien le retiran los puntos? yo llevo trabajando en la empresa unos 20 años. Me cambiaron de puesto y ahora tengo que conducir el coche de la empresa con mi carnet. Y si no lo hago, ¿ sabeis lo que pasa,verdad?
1.- Es necesaria hacer una puntualización: La empresa no te obliga a utilizar tu carnet de conducir. Para lo que te ha contratado la empresa es para el mantenimiento de máquinas que se encuentran en dos centros de trabajo. ¿que pasa si los dos centros estan separados? Pues que la empresa debe de poner a tu disposicion un medio de transporte, y es lo que ha hecho: TE FACILITA UN COCHE DE EMPRESA.
2.- Pese a que te desplaces con un coche de la empresa, esta no te ha modificado la categoria laboral a "Chofer", sigues siendo un tecnico de mantenimiento de máquinas, pero que ahora le han FACILITADO UN COCHE DE EMPRESA para desplazarse.
3.- Un vistazo al art.20 del estatuto no estaría mal: 1. "El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien éste delegue" La Empresa es la que realiza la dirección del trabajo.
4.- Si te multan evidentemente la resposabilidad es de quien conduce. ¿La empresa es responsable si un radar te pilla a 120 km/h en un lugar con el limite a 80 km/h? Si aparcas mal ¿La culpa es de la empresa?
Las unicas multas de las que no deberias de ser responsable son las de falta de Seguro Obligatorio en el vehiculo, falta de ITV, y similares...
5.- Me apuesto lo que sea a que en el momento de poner el curriculum en esta empresa has puesto que disponías de carnet de conducir.
Muy aclaratoria tu respuesta tombo. Pero ¿que opinas de que otra empresa del sector si le pague un plus a su personal por los kilometros realizados con el coche de la empresa?,el trabajo que realizan es exactamente el mismo y si esa empresa lo paga,¿por algo sera?¿no crees?
Si otra empresa del sector paga un "plus a su personal por kilometros realizados por coche de la empresa" le esta pagando KILOMETRAJE y no le esta pagando la UTILIZACION DE SU CARNET DE CONDUCIR, que son dos conceptos muy distintos.
Es el convenio colectivo el que establece este PLUS DE KILOMETRAJE, y en caso de no regularse en el convenio del sector debe de ser la Empresa y los representantes de los trabajadores quienes lo negocien.
Por lo tanto deberá de ir al convenio de su sector o su convenio de empresa y ver si este concepto esta recogido.
Si no esta recogido en convenio, ni acuerdo de empresa, aun así puede pedirlo a la empresa (pues por pedir... puede pedir un Chalet con piscina), cosa bien diferente es que se lo den, y cosa bien diferente es que tenga derecho.
Peregrin, deberá mirar su contrato de trabajo y el convenio colectivo aplicable a ver que dice al respecto.
Realmente tiene Vd. razón en que si su puesto de trabajo es para un centro de trabajo determinado y no implica desplazamientos, la empresa no debe modificar sus condiciones sin su consentimiento y menos sin compensarle por ello.
Dicha modificación sólo podría tener lugar por acuerdo entre las partes y, de persistir la empresa en el cambio unilateral de condiciones, Vd. podrá solicitar la rescisión del contrato de trabajo por incumplimiento contractual grave (art. 50.1.c del Estatuto de los Trabajadores) percibiendo la indemnización igual a la correspondiente al despido improcedente.
Yo interpreto que lo que el consultante plantea es la compensación económica por utilizar un coche de la empresa.
Efectivamente comenta que "llevaba trabajando en la empresa unos 20 años. Me cambiaron de puesto y ahora tengo que conducir el coche de la empresa con mi carnet" por lo que el consultante debería de aclararnos la cuestión con la que no esta de acuerdo.
Si esta de acuerdo con el cambio de puesto, la compensación economica por utilización de "su carnet" reitero lo planteado en mi anterior post.
En mi empresa, hay un empleado que por motivos de la misma (no es técnico, es un simple trabajador), utiliza el coche de empresa, un día lo multaron por exceso de velodidad, le quitaron 2 puntos del carnét, y una multa de 120 Euros creo recordar.
Él dijo lo mismo que tú....pero consultando con un abogado le dijeron: Todo lo que te ha contestasdo TOMBO.
Pagó de su bolsillo la multa, nadie le compensó por esos 2 puntos de retirada del carnét, y sigue utilizando el coche de la empresa...no le queda otra.
Salvo contra opiniones de más expertos, no hay nada que hacer.
El plus de kilometraje suele darse cuando el trabajador usa su propio coche con el fin de compensar gastos.
No entiendo que compensación te han de dar si utilizas un coche de empresa y supongo que el combustible lo paga ella también.
Entiendo que no quisieras el cambio de puesto, pero lo que no entiendo es que lo que te preocupe sea la utilización del carnet. Otra cosa, como he dicho es que te hicieran utilizar un carnet profesional o específico para determinados vehiculos, pero ¿El de conducir?.
SALUDOS.
Te explico Vegas....este empleado cuando el jefe le dijo que la multa y sus puntos eran cosa suya...alegó que entonces el carnét era de él y lo ponía a disposición de la empresa, interpreté que es la forma de autodefenderse ante la actuación del empresario ( no creo que sea el caso de peregri)....pero es la típica rabieta de cuando crees tener razón, y no te la dan.