Es un caso de lo mas peculiar el que me ha sucedido:
Fui arrendatario de un piso en 2005 junto con otra persona. Sali del contrato a finales de ese mismo año y entro en mi lugar otro inquilino, se subrogo.
La propietaria y arrendadora puso la tasa de basuras a mi nombre (con mi consentimiento) y nadie se ocupo de cambiar el titular de la tasa cuando deje el piso.
6 años despues me he dado cuenta de que me la han estado cobrando a mi todos estos años mediante cargos y embargos en mis cuentas que yo pensaba eran en concepto de otro piso distinto al que alquile en 2005.
¿Puedo reclamar el total de todos los cobros que el ayuntamiento ha realizado en mis cuentas corrientes a la propietaria?
A ningún inquilino, se le ocurre autorizar al propietario-arrendador a poner la tasa de basura a su nombre y sobre todo olvidarse de volver a hacer el cambio al terminar el contrato.
Y si devuelvo los cargos del último año? Eso sí puedo hacerlo justificando ante el banco que no hay relación contractual y que el cobro no tiene justificación.
Una vez devueltos, el ayuntamiento no tiene porqué cobrármelo denuevo si le informo del error, ¿no?
Vamos a ver, ni puedo reclamar al ayuntamiento ni puedo reclamar al propietario ni puedo dejar de pagar unos cobros indebidos.
Jajaja, si esto es así, me tomo la justicia por mi mano.
Pasacero, gracias por su asesoramiento. Por supuesto que soy y seré responsable de mis actos pero como usted comprenderá, si me han cobrado algo de forma indebida, no pienso quedarme de brazos cruzados.
En este caso hay un perjudicado y un beneficiado así que, como perjudicado, cobraré por mis medios, a las buenas o a las malas y siempre con la cautela que exigen las leyes.
Ud empieza a ser perjudicado, en el mismo momento que es consciente de que está pagando los gastos de otro. Hasta ese momento, ud es el responsable de su propia dejadez, desidia o que lo quiera calificar. Responsable de sus propios actos. Ahora que ya ud se ha percatado de ello, debe poner remedio si quiere, pero no procede reclamación alguna.
Forero Pasacero, parece usted muy prepotente para los pocos argumentos que muestra.
Le informo de que yo no podía hacer el cambio de titular al tratarse de un alquiler formalizado a través de una entidad pública de vivienda que hacía de mediadora entre arrendador y arrendatario.
En su día confié en que el cambio de titular se había hecho, notifiqué el fin de mi relación contractual a esta entidad pública y ademas entraba un nuevo inquilino en mi lugar que asumia las obligaciones que el contrato incluia. El n. de cuenta corriente donde domicilié ese pago tampoco existía pocos meses después de dejar el piso.
Años después recibí un embargo que achaqué a otro piso y no le di mayor importancia, esto debe ser lo que usted llama dejadez y desidia.
Y hace poco recibí un segundo embargo y es cuando me he percatado del despropósito.
Dígame, cuándo un inquilino tiene la capacidad de cambiar el titular de la tasa de basuras de una propiedad a nombre de otro inquilino? Porqué la entidad pública municipal no se encargó de hacer el cambio si los funcionarios cobran por hacer estas gestiones?