Es la primera vez que participo en este foro y agradezco de antemano vuestra colaboración.
He trabajado por cuenta ajena y cotizado en régimen general 15 años, tras los cuales perdí el empleo y cobro la prestación. Además soy socia no trabajadora y mi marido administrador único de una SL. Entre los dos tenemos el 100% de la SL y estamos en gananciales.
Quiero empezar a trabajar en nuestra SL, y darme de alta en el RETA. En el INEM me han dejado claro que en mi caso no puedo capitalizar el paro en cotización RETA.
Cuando me di de alta en el INEM me dijeron que al no ser socia trabajadora sí tenía derecho al paro, pero hoy me han asustado diciendo que si me doy de alta en el RETA aunque renuncie al paro “igual te pillan”, como si lo que hace unos meses era legal ahora ya no lo es, pero tampoco han sido muy claros.
A lo mejor alguno de los foreros me podría orientar: ¿estoy cobrando el paro indebidamente? Es decir, si mañana me doy de baja del paro renunciando a lo que me quede y me doy de alta en el RETA para incorporarme a mi empresa como socia trabajadora ¿me pueden requerir la devolución de lo ya cobrado?