..Cómo conseguir cobrar de alguien que no llega al SMI ( y no llegará nunca )?? Tengo una ejecucion de titulos judiciales en proceso de tasación de costas derivadas del impago -fuera de plazo y mi abogado me "OBLIGA" a pagar (adelantarle ) a mi la factura proforma sabiendo que la otra parte no va a pagar. ... ¿COMO LO PUEDO HACER para recuperarlo? es mucho dinero, unos 6000 Euros y no dispongo de ese efectivo. Agradeceré alguna solución ...gracias
No se puede cobrar a alguien que carece de bienes. Lo único que te queda, si se ha iniciado la Ejecución que no prescribe, es esperar y estar al tanto de que venga a mejor fortuna (lotería, herencia, etc).
Respecto a abonar a tu Abogado está claro que debes hacerlo, no obstante puedes negociar la cantidad y la forma de pago, debiendo tener en cuenta que esa suma podrás repetirla contra el deudor caso de que, como he dicho, venga a mejor fortuna.
Gracias por contestar, Tripoli, pero el caso es que sí tiene bienes; un piso que de dejó su abuelo. solo que por la cantidad que me debe, el juez estimó que es un "importe desproporcionado" para su embargo. Eso es totalmente injusto; si tiene bienes, hay alguna manera de poder embargar por importe de "tan solo" 6000 Euros ?? ¿ Porqué tengo yo que "adelantar" ese dinero si nunca voy a poder cobrarlo a menos que se muera el susodicho ??? La justicia en injusta. Hay una sentencia que le obliga a pagar, pero no paga.. entonces,, ¿para que demonios estan los abogados, en mi caso, solo para sacarme el dinero.
Klatazo, eso que dice el Juez sobre la desproporción del embargo será una resolución en la que invocará alguna ley que ampare semejante decisión. ¿ Hace mención a algún artículo o a alguna ley que impida embargar por ser mucha la cantidad?
Sr. Santos, gracias por contestar; aclarar que se pidió embargo cuando la cantidad debida era más importante que 6.000 Euros ( era mayor de 25.000 Euros ) y ya entonces lo denegaron. En base a qué Ley o argumento.,.. pues llevo mas de un año detras de mi "abogado", y no hay manera de que me envíe copia de todo lo que se presentó, a pesar de que fue un punto que "recalqué" al contratar sus servicios, pero está claro que, después de más de 8 años de servicios y habiendo cobrado ya su factura, por adelantado, no debe tener tiempo para mí, porque nunca está en su despacho cuando le llamo. Solo me contestó por e-mail, diciendo que como no cambien de juez o de criterio, lo seguirán denegando. Está pendiente la tasación de costas, y no se si hay algun plazo para pedirla. Ademas, aún no se ha pagado el total de la deuda, queda una cantidad mínima ( sobre unos 250 euros ) y tenia entendido que la tasacion no se pide hasta que no se haya abonado la totalidad de la deuda...
Klatazo, está usted muy desinformado. Lo que relata en su mensaje es poco menos que inverosímil, en especial lo relativo a la denegación de embargo. Para resolver este asunto ha de pedir copia a su abogado. La tasación de costas ha de pedirla quien ha sido beneficiado por la Sentencia, si es que ha habido una condena explícita.
Disculpeme Sr. Santos, me está usted diciendo que mi abogado me ha mentido y que es posible conseguir que se me pague la factura proforma que corresponde pagar la otra parte? aclaro que es un bufete con mucho renombre, y que en principio todos debemos creer lo que nos explican los versados en derecho, pues para eso se supone que hacen una carrera y adquieren conocimientos que a los demas nos resultan desconocidos casi en su totalidad... por favor, aclareme ésto, mientrastanto intentaré conseguir el escrito donde el juez deniega la petición de embargo, pero ya le adelanto que su "criterio" fue el de que, como se le veía intención de pagar, ya que fue pagando al principio ( luego nada de nada ) el juez dió por sentado que pagaría la totalidad de la deuda, cosa que no ocurrió ya que se hubo de iniciar el embargo de una herencia familiar para poder cobrar parte de lo debido.
Aclaro algo mas; la "condena" al pago de la deuda sí que la hubo, pero fue mediante acuerdo homologado, y mi abogado me aseguró que todos los gastos que se derivasen del impago por no cumplir el plazo de éste, correrían a cargo de la otra parte. Sin embargo, me ha sido imposible cobrar si no fuese porque se pidió embargo de herencia.
gracias por su tiempo. La verdad esque, despues de muchos años desde la sentencia, ya estoy hastiado y decepcionado de la actuacion de los profesionales.
Klatazo, yo no cuestiono nada acerca de su letrado ni de sus relaciones con él. Sencillamente tiene usted una interpretación aparentemente poco realista de este asunto, y le sugiero que compruebe por sí mismo la marcha del procedimiento. Las intenciones en cuestión de deudas jamás sustituyen al dinero. Dispone usted de un título ejecutivo que le da derecho a embargar implacablemente, y el juez está OBLIGADO a hacerlo en los mismos términos que se le piden, sin discutirlo ni modificarlo.
Disculpeme de nuevo, Sr. Santos, pero a mi lo único que me importa es que yo estoy pagando la factura que se ha derivado del "impago" en plazo de la otra parte, y mi abogado insiste en que la tengo que pagar yo Sí o sí., que no se puede "embargar" porque la otra parte no llega al SMI y que por 6.000 Euros es "desproporcionado" , y que ya la reclamaré yo después. En cuanto a la tasacion, no se puede pedir hasta que no esté la totalidad de la deuda pagada, y como no pague el resto que se debe, hay que aguantarse.