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cobro desempleo

3 Comentarios
 
25/10/2005 10:13
Hola:
Los trabajadores autónomos no cotizan por la contingencia de desempleo. Y después de 11 años en autónomos el INEM no guarda ninguna prestación iniciada con anterioridad a dos años.

Por lo tanto, debes cotizar mínimamente 360 días en el Régimen General para poder tener acceso a las prestaciones por desempleo. También puedes acceder al Subsidio por Desempleo, en su caso, si tienes cargas familiares y reúnes los requisitos cuando finalices un contrato eventual de más de tres meses.


Saludos.
25/10/2005 00:36
gracias Ninfa, quizas no me explicado bien. no estoy en el paro, trabajo como autonomo, pero el trabajo va fatal. quizas me contraten en el regimen general, aun no es seguro. pero si me contratan y luego me despiden o no me renuevan, puedo cobrar el paro despues de estar trabajando estos ultimos 11 años en autonomos ? o debo de trabajar de nuevo en el r.general para cobrarlo y cuanto tiempo debo de estar en ese r.general.gracias-
24/10/2005 14:46
Hola.

Salvo mejor opinión, si el contrato no supera el año, y estabas cobrando el desempleo cuando te hicieron ese contrato, volveras a cobrar el desempleo que dejaste por el tiempo que te faltaba por cobrar.

Saludos.
Cobro desempleo
24/10/2005 14:43
buenas tardes, tengo 57 años.los ultimos 10/11 en autonomos. anteriores desde el año 1962 en regimen general. tengo oferta trabajo fijo prueba durante 1 año. puedo despues cobrar el paro en caso de no renovacion o despido anterior a ese tiempo ? gracias.egara