Relato mi caso a ver si alguién me puede asesorar legalmente.
El mismo día que compré mi primera vivienda(mes de octubre), me puse en contacto con la compañía Iberdrola para notificarles un cambio de titular en el contrato y para reducir la potencia contratada. El día 10 de octubre, la compañía Iberdrola me informa mediante correo electrónico que la solicitud de cambio de titular solicitada ha sido tramitada con éxito pero que la modificación de potencia solicitada (reducción a 5, 75 KW) requería la visita de un técnico de la compañía para poder hacerse efectiva tanto a nivel de suministro como de facturación. Pues bien, el día 15 de octubre vino un técnico de Iberdrola a mi domicilio para proceder al cambio de potencia.
El día 24 de octubre, para mi sorpresa, me llegó a mi domicilio factura a mi nombre de Iberdrola del período 28/08/2008 al 15/10/2008. Ante esto, yo intento contactar via telefónica con la compañía pero al ser imposible, opto por pedirles una aclaración via email. Yo les comento que no entiendo por qué motivo me han pasado a mi nombre la factura que le correspondería a la antigua propietaria de la vivienda, puesto que hasta el día 6 de octubre del presente año, yo no era propietaria de la vivienda y hasta ese día yo no me puse en contacto con la compañía para tramitar el cambio de titular. Lo razonable es que me facturasen a partir de la fecha en la que vino el técnico a mi domicilio a modificar la potencia (día 15 de octubre) o desde el día 6-10 (fecha de formalización de escritura ante notario) que es cuando yo les notifiqué que me tramitaran el cambio de titular pero no antes puesto que yo no era propietaria de la vivienda.
La cuestión es que me viene la factura a mi nombre y además me viene con el término de potencia que tenía la otra propietaria (11KW), el cual al parecer fue cambiado de manera automática por Iberdrola como consecuencia de la desaparición de la tarifa nocturna y al no recibir comunicación por parte de la propietaria en esos momentos.
El mismo viernes de la semana pasada, nada más recibir la factura me puse en contacto con Iberdrola via email para pedirles explicaciones y la respuesta que obtuve fue la siguiente: “No podemos realizar la gestión que nos solicita porque la titularidad del contrato ya ha sido cambiada y la facturación no se puede dividir a no ser que haya una baja de por medio. En un cambio, el nuevo titular tiene que asumir el consumo que está en curso hasta la emisión de la factura. Esta factura que le hemos enviado no la podemos pasar a la cuenta de la antigua propietaria”
Me dan una fecha tope para ingresar el importe de la factura y por eso quisiera saber si tengo obligación a pagarla. Como consumidor, pienso que se han lesionado mis derechos. Me parece injusto que tenga que pagar una factura que a mi no me corresponde, sino a la anterior propietaria. Que la compañía me hiciera el cambio de titular y potencia el día 15 de octubre, pienso que no da derecho a facturarme del 28 de agosto al 15 de Octubre.
Decirles que yo no he firmado ningún contrato con la compañía y hoy mismo me ha llegado el contrato de alta en Iberdrola con las condiciones para que lo firme y se lo remita. Ahí se puede ver claramente a efectos justificativos, que la fecha que figura como visita del técnico al domicilio para modificar potencia fue el día 15/10/2008.
Esa fecha, pienso que es la que deberían tomar de referencia para facturarme a partir de ahí.
Agradecería que me asesorasen al respecto a la mayor brevedad posible.
Saludos
Para hacer lo que tú pretendes, pagar hasta la fecha de la compra la vendedora y a partir de ahí el resto, se debe tramitar el alta y la baja
Pero como eso es más costoso, en la práctica se hace el cambio de nombre y ya está, lo que pasa es que suceden estas cosas que te ha pasado a ti.
En estos casos, lo normal es que reclames tú a la anterior propietaria el importe proporcional (divides el importe por los días y lo obtienes).
Muchas veces, en previsión de esas cosas, la asesoria que te tramite el tema (o tú si no hay asesoria) suele retener una pequeña cantidad para pagar los suministros pendientes y liquidar después el resto.