Necesito me aclaren una duda. Tengo alquilada una nave industrial y en contrato el inquilino firmó que la renta sería de X más iva y menos retención. La luz y el agua de momento no se la cambiado de nombre por lo tanto se la repercuto en la factura de alquiler del mes. Mi duda es si debo poner el total del recibo o descontarle el iva para luego añadir el de mi factura para que no exista una duplicación de iva. En la luz estaría fácil pongo en la base solo la cantidad sin iva pero en el agua que uno viene al 10 y otro al 21% y una parte está exenta de iva, ¿Cómo debo hacerlo? o ¿se debe poner el total y luego otra vez añadir el iva a esa base imponible? He encontrado información de que esos gastos si forman parte de la base imponible pero no de cómo o qué cantidad incluir .Muchas gracias