Hola No soy experto financiero, pero yo no rescataría el plan de pensiones de golpe sino en varios años, de tal forma que el importe del rescate en varios años no tengas que pagar nada a Hacienda teniendo en cuenta que la cuantía de la pensión por la incapacidad permanente absoluta está exenta de la renta.
Saludos
buenas me dieron la incapacidad en 2019 por el supremo pero me la reconocen con caracter retroactiva desde el año 2017..tengo un plan de pensiones que queria rescatar el cual por estar echo antes del 2006 tengo una deduccion del 40% pero me comentan que como ha pasado mas de dos años lo pierdo si yo no tube la sentencia hasta el 2019 puede decirme eso . gracias
Gracias por tu respuesta; aunque no ha sido por él tema abierto si no por otro que nada tiene que ver. Bueno, es lo que pasa cuando se mezclan cosas y no se abren con sus respectivos temas.
Hola Tras los 12 meses de baja, el único que puede darte el alta médica es el INSS, tras recibir el correspondiente informe del ICAM (EVI fuera de Catalunya).
Si tienes posibilidades de un nuevo empleo, con carácter inmediato, mi consejo es que empieces a trabajar y lo comuniques inmediatemente a la mutua ( si te paga la baja) o al INSS en caso contrario. Les indicas que no te paguen más la baja por cuanto estás trabajando. No cometerás ningún fraude.
Otra posibilidad es que llames al ICAM y pidas cita previa para que te visitne y hagan el informe para el INSS a fin de que éste dicte resolución comunicándote el alta médica. Tardarás más.
Depende de la prisa que tengas en empezar a trabajar.
Saludos
Según yo lo veo si cumplias los requisitos en su día para cobrar el seguro y la sentencia es retroactiva aportando la sentencia y los informes médicos no deberían negarse pero me imagino que quizás intenten darte largas hasta que lo hagas x lo legal....
Entiendo que se refiere al seguro por IPA que suelen recoger los convenios.
Bien si esto es así hay que saber en qué fecha causó baja en la empresa, (dudo mucho que haya caducado), por otra parte si la sts reconoce carácter retroactivo no deberia tener usted problema.
smo
Buenas noches,
En octubre de 2019 gané mi juicio para una ipa por el juzgado de lo social, recurrieron y este año he ganado en el supremo con carácter retroactivo desde enero del 2018. Mi pregunta es, tengo un seguro que caduco en julio de 2018, al ser retroactiva la sentencia desde enero del 18 ¿deberían pagarme ese seguro? Entiendo yo que entraría pero no estoy nada seguro. Gracias.