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Cobro de paro o subsidio tras alta de ip tras revisión teniendo reserva de puesto de trabajo.

5 Comentarios
 
31/07/2022 12:47
Expertolaboral
Mil gracias por tu respuesta, algo así es más o menos lo que pensaba que podía pasar y con la posibilidades que has expuesto.

Lo que desconocía es reclamar la indemnización de 6251 complementaria del tribunal supremo. Puedes facilitarme algún dato para localizar esa sentencia?

Efectivamente, han hecho despido de 20 días y estamos en proceso de reclamar y también en presentar la reclamación previa disconforme con la resolución del EVI.

Nuevamente gracias.
Saludos
31/07/2022 12:13
pansinmanteca
Hola. Si la empresa te ha despedido, tienes derecho al paro, cuando te den de alta médica. De momento deberás solicitar el cobro del subsidio de I.T. al INSS o una mutua.
Cuestión distinta será el tiempo de paro que te reconozca el SEPE, pues muy probablemente, no te reconocerán 24 meses si no que el SEPE probablemente computará como dentro de los últimos 6 años, el tiempo transcurrido después de los 18 meses de baja y el tiempo en que has estado cobrando la incapacidad. Por ello te reconocerá 18 meses en lugar de 24 meses. Es muy discutible si lo hacen.
Además, cuando te den el alta médica el SEPE te descontará como consumido el tiempo transcurrido desde el día del despido hasta el día del alta médica.
Por otra parte , si te interesase ( no siempre es así) podrías reclamar por despido nulo por haber estado de baja mucho tiempo y estar de nuevo de baja lo cual constituye una discapacidad y podrías reclamar una indemnización complementaria de 6251 euros según sentencia del Tribunal Supremo.
Y aunque no quisieras volver a la empresa también puedes reclamar por despido nulo o subsidiariamente improcedente y negociar con la empresa una indemnización superior a la de los 20 días que probablemente te han entregado. Siempre estarías a tiempo de desistir de la reclamación si la empresa propusiera la reincorporación. El plazo para reclamar por despido es de 20 días hábiles.
Por último, puedes realizar la reclamación previa contra la resolución que te ha anulado la incapacidad permanente , dentro del plazo de 30 días hábiles.
Saludos
25/07/2022 16:33
pansinmanteca
¿Qué patologia es la que tienes?

Si tienes reconocida una discapacidad superior al 65 pc tienes derecho a una pensión no contributiva que se gestiona por la comunidad autónoma.
25/07/2022 14:45
Rafael75
Si, eso lo tenemos en marcha. Pero los plazos de lo demás también corren y no sé si se puede lo del paro o sólo queda subsidio de haber estado en incapacidad.

No lo encuentro por ningún lado ni el mismo sepe sabe responderme.
A ver si alguien se ha encontrado en la misma situación.

Gracias
25/07/2022 13:54
pansinmanteca
También puedes presentar reclamación previa a la vía judicial en plazo de 30 días hábiles desde que te llegó la resolución si no estás de acuerdo con que te hayan quitado la incapacidad permanente,
Cobro de paro o subsidio tras alta de ip tras revisión teniendo reserva de puesto de trabajo.
25/07/2022 13:47
Hola a Tod@s,
A ver si alguien puede ayudarme.
Tras periodo de incapacidad, paso revisión de grado y me retiran incapacidad. Tengo reserva de puesto de trabajo, al incorporarme al trabajo, vuelvo a ser baja de IT por enfermedad común pero la empresa me despide por causas económicas y productivas.

¿Sabeis si tras eso, se puede solicitar el paro? o una vez recibida la incapacidad anteriormente no tenemos paro y solo nos queda el subsidio de máximo 18 meses?

Muchas gracias.