Duda sobre cobro de costas. Me contratan para desahucio por falta de pago; hago hoja de encargo y presupuesti una cantidad provisional sin que incluya obviamante la ejecución, y se me adelnata una provisión.
Ganamos el pleito con costas. Redacto y presetamos demanda ejecutiva; se decrtea el lanzamiento y echamos al inquilino.
El ejecutado sólo tiene una pensión pequeña aunque todavía le estamos investigando el patrimonio (la demanda ejecutiva sigue su curso), pues es ciudadano británico.
Yo estoy redactando la minuta pero no se si debo hacerla sólo por el desahucio; esperar a ver si puedo cobrar cuando enganchemos al ejecutado... Obviamente, la cantidad presupuestada fue ajustada pues la cliente no tenía mucho dinero, pero como tenemos derecho a las costas, puedo cobrar más, no?
Yo que tú, presentaba la minuta por el desahucio. Lo cobras del cliente que además ya le presupuestaste la cantidad y seguro que es más ajustada que si le cobraras al otro.
Mientras, seguís intentando embargar algo del ejecutado y cuando encontréis, solicitas la tasación de las costas con respecto a la ejecución.